FINANCIACIÓN DE PARTIDOS
El Tribunal de Cuentas multa a Bildu con 245.000 euros por dos sanciones muy graves en las últimas elecciones vascas
La formación abertzale se enfrentaba inicialmente a una posible multa de hasta 900.000 euros, que se ha visto finalmente reducida

El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, este lunes en San Sebastián ofreciendo una rueda de prensa. / Javier Etxezarreta
El Tribunal de Cuentas impone a EH Bildu dos multas por dos infracciones muy graves según la ley de financiación de partidos cometidas en la campaña de las elecciones vascas del 28 de mayo de 2023. La primera de las infracciones es haber superado el límite máximo de gastos electorales establecido, algo por lo que tendrá que pagar 219.890, 95 euros; y la segunda, por superar el límite de gastos de publicidad en prensa y radio, por lo que tendrá que abonar 25.501,87 euros. En total, 245.392,82 euros de sanción para la formación abertzale.
EH Bildu e convierte así en el único partido sancionado en ese proceso elecotral, en una decisión adoptada esta semana por el Pleno del Tribunal de Cuentas que viene a respaldar el informe emitido por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP), que ya el año pasado detectó que EH Bildu había superado en 183.242 euros el límite de gasto autorizado, una infracción catalogada como "muy grave" en la Ley de Financiación de Partidos, ya que el exceso sobre el tope previsto es de más del 10% -se situaba en el 26,4%-. Por esta sanción, la formación abertzale podría haberse enfrentado una multa de hasta 916.211 euros, pero tras un proceso de recursos y alegaciones la cifra se ha reducido.
En las elecciones a las Juntas Generales de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa del 28 de mayo de 2023, las formaciones tenían establecido un límite de gasto de 693.802 euros. EH Bildu fue la única candidatura que excedió tal importe al desembolsar en total 877.044 euros, además de superar en 21.251 euros el tope para gastos en prensa y radio. Unas infracciones que ha ratificado el Tribunal de Cuentas, cuyas sanciones son ahora firmes y solo podrán ser recurridas por la vía del contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.
Fuente: El Periódico de España
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