En el pleno
El TC no decidirá hasta septiembre si levanta la orden de detención que pesa sobre Puigdemont
Esta semana el pleno asumirá la competencia para pronunciarse sobre los recursos de amparo presentados por el expresidente catalán y los 'exconsellers' Lluís Puig y Toni Comín

El presidente de Junts, Carles Puigdemont. / Eric Lalmand - Europa Press - Archivo

El Tribunal Constitucional no quiere que ningún asunto se le vaya de las manos, y aún menos, uno relacionado con la amnistía. Este lunes ha ampliado el orden del día del pleno que empieza a celebrar este martes para dar el primer paso y comenzar la tramitación de los recursos de amparo presentados por los procesados en rebeldía del ‘procés’, el expresidente Carles Puigdemont y los ‘exconsellers’ Toni Comín y Luís Puig. Sin embargo, no decidirá sobre su admisión hasta septiembre.
Este martes el pleno asumirá la competencia para pronunciarse sobre el amparo solicitado por los tres procesados por el delito de malversación, a los que el Tribunal Supremo no aplica la amnistía al considerar que está incluido entre las excepciones previstas en la propia ley. Los magistrados ni siquiera procederán a admitir a trámite las impugnaciones hasta la vuelta del descanso estival, el próximo mes de septiembre.
De ahí que no será hasta entonces, cuando se produzca la admisión, cuando se pronunciará sobre la medida cuatelarísima (sin dar trámite para que se pronuncien todas las partes personadas) planteada por el expresidente de la Generalitat para intentar que se levante la orden de detención que pesa sobre él, pero también sobre Comín y Puig si vuelven a España. Hasta ahora la corte de garantías ha rechazado adoptar una decisión sin oír a las partes y lo que ha hecho ha sido proceder a abrir una pieza separada para pronunciarse sobre la cautelar, lo que parece indicativo del futuro que le espera a la retirada de la orden de detención de forma urgente.
No obstante, también es verdad que la orden de detención es la medida más grave de las pendientes de revisión por el Constitucional en relación con el 'procés' y la amnistía, una vez que esta se ha declarado constitucional. En el caso del presidente de ERC, Oriol Junqueras, lo que planteaba era que se le anulara la pena de inhabilitación que aún sigue cumpliendo, al negarse también el Supremo a aplicarle la amnistía.
La defensa de Puigdemont, ejercida por Gonzalo Boye, esperó a presentar su impugnación ante el Constitucional a que se celebraran en el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) las vistas con las que se revisará la amnistía. En su recurso se presenta como víctima de una serie de "vulneraciones" por parte del Supremo que, en su opinión, "revelan una estrategia de resistencia judicial a la aplicación efectiva de la ley de amnistía" y suponen "una interferencia ilegítima del poder judicial en el ámbito de competencias del legislador".
En su petición de amparo reclama al Constitucional que le levante la medida cautelar de detención en territorio nacional, para garantizar la defensa de "la democracia parlamentaria consagrada en la Constitución". A su juicio, "la actuación del Tribunal Supremo es una voluntad institucional de resistirse a la aplicación de la ley de amnistía, mediante una interpretación contra legem de su artículo 11, una marginación del Estatut de Catalunya, una neutralización del derecho al juez legal y una afectación de los derechos fundamentales del parlamentario electo", conducta jurisdiccional que "no es neutra ni técnica, sino sustantivamente inconstitucional".
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