TIENEN QUE PAGAR MULTAS DE 90 EUROS Y HACERSE CARGO DE LAS COSTAS JUDICIALES
Condenados tres internautas por injuriar al ex edil placentino Tornero
Escribieron comentarios en la web de este periódico que afectaban a su honor. Otras dos personas, absueltas porque sus comentarios eran legítimamente críticos
REDACCIÓN
El Juzgado de Instrucción número 4 de Cáceres ha condenado a tres internautas a multas de 90 euros y al pago de las costas del proceso por una falta de injurias al exconcejal placentino Enrique Tornero.
Este interpuso una denuncia contra cinco personas, de las que estimaba que habían atentado contra su honor e intimidad a través de los comentarios incluidos en la edición digital de EL PERIODICO EXTREMADURA, el 24 de enero del 2009. Tornero imputaba el mismo delito a este periódico, al que hacía responsable por albergar dichos comentarios en su web.
El juez ha entendido que de las cinco personas denunciadas, tres son merecedoras de la condena por injurias debido a que vertieron comentarios relacionados con la vida privada del edil que incurrían en las dos circunstancias cuyo concurso es necesario para que se dé la injuria: que las expresiones utilizadas tengan en sí mismas la suficiente potencia ofensiva como para lesionar la dignidad de la persona y que, además, exista un inequívoco ánimo de lesionarla. Las otras dos personas denunciadas han sido absueltas porque el juez ha considerado que sus comentarios no constituían expresiones que menoscabaran el honor del denunciante y que eran meras opiniones o críticas, amparadas por el marco constitucional de la libertad de expresión.
Por otro lado, el juez exime de cualquier responsabilidad a este periódico, al no concurrir en su actuación ni el daño ni la imprudencia. Según dice textualmente la sentencia, "los comentarios insertados por los usuarios son única y exclusivamente comentarios remitidos por uno o varios ciudadanos particulares a un foro de opiniones libre, siendo únicamente imputable penalmente a esos ciudadanos particulares el contenido de sus comentarios, y no al titular responsable de la página web, que únicamente ha puesto a disposición del público en general la posibilidad de insertar comentarios".
La sentencia no es firme; puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
Todos los comentarios a que hace referencia esta sentencia -y, en la práctica, la inmensa mayoría de los que se insertan en las web de los diarios- habían sido hechos bajo seudónimo. Esta circunstancia no impide, como lo muestra este caso, que las fuerzas de seguridad determinen con exactitud la identidad de las personas que están detrás de cada texto y que, si es el caso, tengan que enfrentarse a un tribunal y a la posibilidad de ser condenadas por el contenido de los comentarios.
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