Una empresa de Don Benito ha logrado rubricar el primer acuerdo de mediación por medios electrónicos en Extremadura, según María de los Ángeles Granados Gámir, experta en mediación que está al frente de dicha empresa y que ha dirigido el proceso.

Para abaratar los costes en desplazamientos, las sesiones se han llevado a cabo a través de videoconferencias, ya que 635 kilómetros distanciaban a las partes en conflicto y, finalmente, han alcanzado el acuerdo en su totalidad, indica Granados.

La mediadora manifiesta que tiene varios casos electrónicos pendientes de confirmación, a destacar uno que realizará junto a un compañero especialista en Mediación Laboral, "una comediación", para una importante empresa alemana de eventos.

Como indica Granados, "se puede disponer de un servicio rápido y económico para resolver conflictos sin tener que acudir a la vía judicial con acuerdos duraderos en el tiempo y sin necesidad de romper las relaciones empresariales, interpersonales, familiares o vecinales, una herramienta de la justicia destinada a la comunidad, en la que todo son ventajas y beneficios".

María de los Ángeles Granados Gámir es mediadora Civil, Mercantil, Familiar, Penal y Penitenciaria y dirige Gámir Mediaciones, empresa que ha gestionado el acuerdo de mediación on line.

La mediación es un proceso de resolución de conflictos alternativa a la vía judicial, aunque incluso cuando un conflicto ya se encuentra en el juzgado se puede paralizar y sustituir dicha vía por la mediación.

Su principal ventaja es la rapidez. En menos de tres meses ha de estar resuelto el conflicto. Además, es económico, pues no hay que satisfacer honorarios de abogado, procuradores, ni costas judiciales, aunque sí es recomendable disponer de un asesor jurídico, destaca la mediadora.

En primer lugar, las dos partes son citadas a sesión informativa; después, el experto levanta acta constitutiva, equilibra poderes y guía a las partes hacia el acuerdo.

El acuerdo se enfoca al futuro y tiene carácter ejecutorio homologándolo, por lo que sólo hay que elevarlo a Escritura Pública ante notario o a Título Ejecutivo en el juzgado.