Dependiendo del tipo de infracción, las sanciones que puede imponer la Agencia Española por incumplimiento y vulneración del reglamento pueden ser multas administrativas de 10.000.000 o 20.000.000 euros, o en el caso de que se trate de una empresa, de una cuantía equivalente al 2% o al 4% como máximo del volumen de negocio anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.