Un paso más a favor de la diversidad. El Tribunal Económico-Administrativo Regional ha concedido a una madre lesbiana el derecho a la deducción por maternidad después de que la Tesorería General de la Seguridad Social se la denegara porque no fue ella sino su pareja quien dio a luz a su hijo. La Fundación Triángulo dio a conocer ayer el fallo junto a las afectadas y señala que en estos momentos está tramitando otras dos denuncias por la misma negativa, todas en Mérida.

Incluso en uno de los casos a la mujer se la concedió la prestación y tras cobrarla durante seis meses, se le puso una multa y se le obligó a devolver las cantidades recibidas. «Desde el primer momento sabíamos que era discriminatorio y que la ley está de nuestra parte», dijo la coordinadora del Área de Familias de Triángulo, Silvia Tostado.

La deducción por maternidad es una ayuda que concede el Gobierno a las madres trabajadoras y puede cobrarse desde el nacimiento del bebé hasta los tres años. Se trata de una bonificación de 1.200 euros anuales en el IRPF, aunque también se puede percibir mensualmente (100 euros) por adelantado. Tostado y el letrado que ha llevado el caso, Fernando Gómez, de Qualit Abogados, recordaron que las tres únicas condiciones para beneficiarse son ser mujer, estar dada de alta y tener un hijo menor de tres años. Requisitos que en el caso de María Moruno e Inmaculada García se cumplían.

UNA PRESTACIÓN / Aunque las dos son mujeres solo tienen derecho a una prestación, pero pueden cobrarla de forma alterna. La pareja decidió que fuera María la beneficiaria y cuando fue a solicitarla a las oficinas de la Seguridad Social en Mérida se la denegaron porque el funcionario entendió que ella no era la madre del pequeño Miguel, nacido el 29 de diciembre de 2015 mediante el denominado ‘método ROPA’ (una de las mujeres de la pareja aporta el óvulo, en este caso María, y la otra gesta y da a luz al bebé). «Estamos muy contentas con esta resolución por lo que ha conllevado, porque hace tres años nos dijeron que no éramos una familia y a mí no se me reconocía el derecho a ser madre», señaló María.

Ellas solicitaron la prestación en 2016 y tras tres intentos fallidos decidieron denunciar su caso en 2017. Ahora, el fallo del Tribunal Económico-Administrativo (es un órgano administrativo, paso previo a la vía judicial) les reconoce el derecho en un fallo dictado el 30 de abril y según su letrado, ya no será necesario acudir a los tribunales porque la Agencia Tributaria ha acogido «favorablemente» la resolución. No obstante, Gómez explicó que sí están explorando si con la negativa «se hubiese cometido alguna irregularidad» y la pareja también valora «hacer valer en los tribunales el daño moral que han sufrido».

CRITERIO «PERSONAL» / Según Silvia Tostado, otras parejas lesbianas de la región han recibido esta prestación sin ningún problema. De hecho, solo se ha apreciado «cierta resistencia» a las madres lesbianas no gestantes en las oficinas de Mérida, lo que a su juicio pone de manifiesto que la negativa es consecuencia del «criterio personal» del funcionario en cuestión y el responsable que ha supervisado la decisión.

Tal es así que a María Calle, madre de otra de las familias afectadas, se le retiró la ayuda que estaba cobrando por su hija mayor y se le puso una multa cuando fue a solicitar la deducción por el nacimiento de su segundo bebé. «Que la pida su madre, la de verdad», fue lo que le dijeron en las oficinas cuando reclamó. «Por algún motivo se me estaba diciendo que yo no eran tan madre de mi segunda hija como de la primera», lamentó María, cuyo caso aún no se ha resuelto.

Tostado detalla que el fallo del Tribunal Económico-Administrativo es el primero de este tipo en Extremadura (en Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía sí hay sentencias judiciales previas similares) y confía en que sirva para marcar el criterio a seguir, ya que a las afectadas se les alegaba cuando reclamaban que no había jurisprudencia anterior.

Ahora, las afectadas podrán cobrar la ayuda con los intereses de demora incluidos, pero tanto para ellas como para la fundación lo importante no es lo económico, sino el reconocimiento de un derecho que se había negado. «Las maternidades no pueden ir seguidas de un apellido, basta ya de hablar de madres biológicas, gestantes o adoptivas porque se está metiendo en las cabezas de los hijos que en nuestras familias hay roles diferentes», concluyó Tostado.