«En los apartamentos turísticos y los alojamientos rurales de contratación íntegra, el límite máximo será de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes. En los albergues, la limitación será de cuatro personas en cada unidad de alojamiento o habitación, salvo que se trate de convivientes».

Así lo recoge el texto que se publicó este lunes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) para establecer finalmente las medidas que se van a aplicar en la comunidad durante el puente de San José y Semana Santa.

Hay un cambio fundamental. Ahora sí podrán compartir casa rural personas que no sean convivientes, por ejemplo, cuatro amigos que procedan de sitios distintos de la comunidad. Antes no se permitía.

Lo que sigue prohibido es que coinciden en una casa particular personas que no sean de la misma unidad de convivencia. Esta contradicción se explica desde Sanidad argumentando que, de alguna manera, las personas que están en esa casa rural crean un grupo burbuja, «no es lo mismo que si estás entrando y saliendo de casa de tu madre».

Lo cierto es que este cambio de criterio va a beneficiar al sector turístico después del palo que supone que todas las regiones estén cerradas en esos dos periodos festivos.