El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado este miércoles una nueva convocatoria de ayudas al alquiler para las familias afectadas por la crisis sanitaria del covid-19. El objetivo es “minimizar el impacto económico y social” que la pandemia está causando en los arrendatarios, con un presupuesto de 1,5 millones de euros. Se trata de ayudar a personas con problemas transitorios causados por pérdida de empleos, reducción de jornadas y, por lo tanto, con una disminución o desaparición de sus ingresos.

Según ha explicado la portavoz del Ejecutivo, Isabel Gil Rosiña, es una nueva convocatoria de la línea de ayudas que se puso en marcha el mayo del año pasado y los requisitos de acceso se mantienen. Se han beneficiado ya 800 familias, que han recibido una cuantía media de 1.600 euros. Si la situación de vulnerabilidad persiste, podrán seguir siendo beneficiarios en esta nueva convocatoria.

Las ayudas, de carácter directo, sirven para sufragar el pago completo del alquiler con una cantidad máxima de 600 euros mensuales durante seis meses (desde octubre de 2020 hasta junio de 2021, ambas incluidas). El primer requisito es que, como consecuencia de la crisis del covid-19, el inquilino haya pasado a estar en desempleo, sufrido un ERTE o, en el caso de que sea empresario, que haya tenido una pérdida de ingresos del 40% debido a la reducción de la jornada de trabajo por motivo de cuidados u otras circunstancias.

El segundo requisito es que la unidad familiar no debe ingresar más de 1.613 euros brutos al mes (3 veces el IPREM); 2.151 euros (4 veces el IPREM) si cuenta con un miembro con discapacidad igual o superior al 33%; o 2.689 euros (5 veces el IPREM), si hay una persona con discapacidad igual o superior al 65% o enfermedad grave. Estas cantidades se incrementarán por 0,1 por cada hijo o persona mayor de 65 años a su cargo y se añadirá 0,15 por cada hijo en unidad familiar monoparental.

Como tercer requisito, la renta del alquiler (incluyendo los gastos y suministros básicos) debe ser igual o superior al 35% de los ingresos totales de la unidad familiar. Y, por último, el beneficiario de la ayuda no debe ser titular de ninguna vivienda.