Es una realidad que ha existido siempre, pero ahora buena parte de la sociedad ya lo identifica con nombre propio. «Y con la reforma de la ley se ha puesto sobre el papel», dice Carmen Fraire Pérez, jefa de la Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno en Extremadura. Se refiere a la nueva normativa sobre protección de la infancia y la adolescencia y el concepto del que habla es la violencia vicaria. ¿Qué significa exactamente? «El mal que se ejerce sobre los menores para hacer daño a la mujer. Es otra forma más de violencia de género, una de las más crueles que hay, puesto que se le causa dolor a través de lo que más quiere, sus hijos», explica Fraire.

En su puesto ella trabaja cara a cara con el maltrato machista a través de las mesas de coordinación policial y asegura que este tipo de violencia, la vicaria, está en el día a día, que no se trata de excepciones.

El caso de Tenerife, tras la aparición del cuerpo sin vida de Olivia en el fondo del mar, la niña de 6 años secuestrada por su padre junto a su hermana, ha sido uno de los más extremos a nivel nacional.

En la región

Esa es la punta del iceberg, hasta llegar a ella hay diversos caminos. De hecho, ahora mismo hay en Extremadura alrededor de 60 menores en riesgo de sufrir agresiones debido a esta violencia vicaria. Y esos son solo los casos que llegan al sistema, que no siempre representan toda la lacra social existente.

«Suspender las visitas a los maltratadores es una medida muy dura pero acertada»

Carmen Fraire - Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno en Extremadura

¿Cómo se reconoce el riesgo? En la valoración policial cuando se hace una intervención por violencia de género se realizan una serie de preguntas y según resulte el análisis, se establece la protección necesaria. Hay dos tipos de contextos: menores en situación de vulnerabilidad y menores en situación de riesgo. El primer caso se puede dar en todos los niveles de peligro en que se encuentre la madre; en el segundo solo si está en riesgo medio, alto o extremo. «En este segundo caso, tras la valoración policial, se detecta una especial combinación de indicadores que apuntan a que la violencia ejercida por el agresor sobre la víctima podría extenderse a otras personas cercanas a esta, especialmente hacia los menores a su cargo», detalla Fraire.

Y añade: «Lo cierto es que hay mujeres que te dicen que les da miedo que sus hijos se monten con su padre en el coche, o que pasen la noche con él. Cuando hay niños de por medio se agudiza más la violencia contra la mujer».

Lo que dice ahora la ley

¿Qué establece la justicia en estos casos? La nueva ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas dice actualmente: «No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos».

Era una reivindicación de las entidades que luchan contra la violencia de género: evitar que los maltratadores tuvieran la posibilidad de estar a solas con sus hijos, y así se ha establecido finalmente en la nueva normativa.

No obstante, hay excepciones: «La autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor», recoge también esta misma ley.

Además, y para aclarar dudas, Fraire explica que esa suspensión de visitas afecta tanto al padre como a la madre si fuera necesario, «pero la realidad que nosotros vemos es que el mayor número se produce cuando el agresor es varón, y así lo recogen las estadísticas y estudios que tenemos, y sobre esa base se legisla».

Esta declaración también la avalan datos como los del Instituto Nacional de Estadística, que reflejan que en el 70% de los casos en que existe violencia doméstica, el maltratador es hombre. Dentro de la violencia doméstica se incluyen todas las agresiones (incluidas a los hijos) intrafamiliares.

Fraire manifiesta: «Suspender las visitas es una medida muy dura pero muy acertada porque las mujeres lo pasan muy mal. Además, se abre la puerta a excepciones según decida su señoría».

1.600 mujeres protegidas

Ahora mismo en Extremadura hay unas 1.600 mujeres que necesitan auxilio policial, de ellas 19 están en riesgo alto, por lo que, como mínimo, viven con una orden de protección. A veces se les recomienda cambiar el número de teléfono, la cerradura, elegir diversas rutas en el camino al trabajo... 

La jefa de la Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno en Extremadura insiste en que no en todas las denuncias de malos tratos hay menores de por medio, a veces las propias víctimas son muy jóvenes o muy mayores y los hijos ya son independientes; pero en las situaciones en que sí existen, «todo se complica».

La nueva ley prohíbe utilizar el falso SAP

Otra de las reformas que incluye la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, es la prohibición del falso SAP(Síndrome de Alienación Parental). ¿En qué consiste? Básicamente, en acusar a la madre de poner a los hijos en contra de su padre. La nueva normativa lo recoge así: «Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración». Este párrafo se incluye dentro del artículo 11, titulado ‘Derecho de las víctimas a ser escuchadas’.