La justicia ha hablado y ha dicho que la guardia y custodia de las dos menores debe tenerla el progenitor y que se establece un régimen de visitas supervisado en un punto de encuentro para la progenitora. Así ha quedado reflejado en la sentencia del pasado 25 de junio en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Zafra.

La resolución se refiere al caso de Sara B. B., una madre extremeña que denunció que lleva dos años sin ver a sus hijas después de un periplo en los tribunales. Ahora la justicia le ha vuelto a dar la razón a su expareja. No obstante, podrá tener contacto con las menores y verlas en puntos de encuentro vigilados.

El escrito, de 32 páginas, recoge: «El conflicto interparental continúa polarizado sin evidenciarse posibilidades a corto plazo de recuperar un diálogo suficiente que permita una atención compartida de la crianza. Por el contrario, se siguen detectando indicios de entidad de un posicionamiento rígido y de nula apertura en la progenitora, con perseverancia en la judicialización como única vía». 

Se usa igualmente en el informe las conclusiones de una psicóloga que rezan así: «En la conducta de Sara hay impedimento a la relación del padre con sus hijas obviando de manera inflexible el derecho de las menores a relacionarse por igual con los progenitores».

Desde abril de 2019, es el progenitor quien tiene a las dos niñas: «Forma un núcleo de convivencia familiar estable, integrado en el ámbito familiar paterno y en el entorno escolar de las menores, obteniendo las niñas excelentes resultados académicos».

«Sustracción»

Recuerda también la sentencia que Sara «ha sido recientemente condenada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Badajoz, por la comisión de dos delitos consumados de sustracción de menores en su modalidad de retención».

«Es de tener en cuenta, además, --prosigue el texto-- que las causas penales en las que figuraba como investigado [el progenitor] han sido sobreseídas, particularmente el proceso seguido por la presunta comisión de delito de abusos sexuales sobre una de las menores». Y añade: «Es la persona que asume las tareas domésticas, como el cuidado y educación de sus hijas, apoyado secundariamente por sus padres y entorno familiar».

De este modo, el juzgado da la guardia y custodia al progenitor y se establece para la progenitora un régimen de comunicación y visitas de forma progresiva y supervisada a través del Punto de Encuentro Familiar de Mérida.

El citado régimen funciona de la siguiente manera: durante un período de seis meses, las visitas se desarrollarán durante los domingos, antes o después, de la visita de los abuelos maternos, que será de 18.00 a 19.00 horas, a determinar según criterio de los profesionales.

Superado este período de seis meses, «y siempre que en virtud de los informes de los profesionales responsables lo aconsejen», se pasará a un régimen de visitas de dos días por semana, que se planificará en la forma y período «que aconsejen los profesionales responsables».

Si durante ese período de seis meses, «el desarrollo de las visitas presenciales no fuere satisfactorio y así se haga constar en los informes de los profesionales responsables, se suspenderán y se pasará a visitas telemáticas por el período y frecuencia que aconsejen estos informes. Si la evolución fuera positiva y así se haga constar por los profesionales, se reanudarán las visitas presenciales», explica la sentencia.

La otra cara de la moneda

Así está escrito por los tribunales. Pero hay otra interpretación del veredicto. La hacen desde la asociación Mujeres Libres, Mujeres en Paz, que pusieron en marcha la campaña de apoyo ‘Mamá está castigada’ porque consideran que el trato recibido por esta madre está lejos de ser justo. «La justicia extremeña ha entregado la guarda y custodia de las menores a su expareja mediante una sentencia que reproduce de forma encubierta los argumentos del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y que incurre en graves contradicciones sobre el bien superior de las niñas», subrayan.

Como contexto, una de las reformas que incluye la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, es la prohibición de ese falso SAP. ¿En qué consiste? Básicamente, en acusar a la madre de poner a los hijos en contra de su padre. 

«El documento recoge también que Sara no sería idónea para recibir la guarda y custodia por, presuntamente (no hay sentencia firme sobre ello), ‘haber privado deliberadamente de la figura paterna durante un año y ocho meses a sus hijas, siendo vital para un apego seguro’. Asesorada por profesionales médicos, psicólogos y psiquiatras, Sara interrumpió las visitas de su hija mayor cuando esta empezó a verbalizar que sufría abusos. Lo hizo para protegerla», continúan desde Mujeres Libres, Mujeres en Paz.

Y concluyen: «Después de dos años sin verlas ni hablar con ellas, el tribunal ha fijado un régimen de visitas muy limitadas en un punto de encuentro, algo que de ningún modo repara el daño causado a las niñas y a su madre. Es un nuevo castigo para Sara». 

Los inicios: una denuncia por violencia de genero por parte de su centro de salud cuando estaba embarazada

El infierno de Sara comenzó cuando fue a revisión de su segundo embarazo y su médico de cabecera vio indicios de que estaba sufriendo malos tratos. Entonces fue el propio centro de salud el que puso la denuncia por violencia de género al ver el estado en que se encontraba. Ese día Sara cuenta que no quiso volver a su casa por miedo a las consecuencias. Desde entonces están inmersa en procesos judiciales viviendo derrota tras derrota: los tribunales nunca le han dado la razón.

El juicio definitivo para decidir la custodia de las dos hijas menores que tienen en común se iba a celebrar a finales del pasado mes de abril. Entonces surgió una campaña de apoyo llamada ‘Mamá está castigada’ que hizo protestas y recogió firmas para intentar que se escucharan otras versiones de lo que estaba ocurriendo.

Este juicio de abril se aplazó: «...dada la previsible duración de la vista a celebrar en este proceso, se acuerda dejar sin efecto el señalamiento del día 27 de abril de 2021, y se convoca nuevamente para el día 18 de junio de 2021, a las 9.30 horas». Fue el argumentado usado entonces.

Tras el último juicio, Sara podrá tener un mínimo contacto con las niñas, pero bajo vigilancia y solo un día a la semana.