La Junta de Extremadura manifestó ayer que las dos últimas sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) sobre interinos docentes han desestimado dos recursos de apelación del Ejecutivo extremeño contra dos autos individuales por una «cuestión formal» y «no juzgan el fondo del hecho». «En ningún momento el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido -sobre este proceso- ni la obligación de incorporación del colectivo docente el día 1 de septiembre, ni retroactividad alguna en el cobro de días de cursos anteriores para el conjunto de los docentes interinos», aseguró la Junta en un comunicado.

La directora general de Personal Docente, Ana Martín, insistió en que «la sentencia ni reconoce nada a favor de esos dos docentes, ni a favor de la Administración, ni a favor del colectivo de docentes interinos, solamente desestima el recurso porque no procede la apelación por la cuantía inferior a 30.000 euros por persona». En junio de 2020 la Consejería de Educación y Empleo ejecutó la sentencia que reconocía la contratación de un docente interino el día 1 de septiembre y cuatro años de retroactividad. Esta sentencia fijaba el abono desde el curso 2014-2015 a 2019-2020 de dicho interino.

«En diciembre de 2020, la justicia ha reconocido dos extensiones de esta sentencia para dos docentes interinos más. Son las tres sentencias individuales que ayer (por el lunes) comunicábamos que son firmes», señaló la Junta. Tras la desestimación de la apelación y referida a dos extensiones de sentencia más, la Junta deberá acatar el fallo anterior que sí reconocía dos extensiones de sentencia más.

Sin retroactividad

Las sentencias a las que se hace referencia son siempre a título individual, presentadas por docentes interinos, no en nombre de ningún sindicato docente, y nunca a favor de todo el colectivo docente, por lo tanto, «las afirmaciones del sindicato de la enseñanza carecen de veracidad», apuntó la Junta en relación al sindicato PIDE, que informó el pasado lunes de que el TSJEx había desestimado el recurso de apelación de la Consejería de Educación contra el fallo sobre la incorporación de los funcionarios interinos docentes el 1 de septiembre con una retroactividad, a efectos administrativos y económicos, de cuatro años.

Según la Junta, no existe ninguna sentencia que reconozca la retroactividad del pago de los días para todo el colectivo de docentes interinos hasta la fecha de incorporación de los mismos en septiembre. Solo hay tres sentencias individuales firmes y ejecutadas y dos más que Educación va a ejecutar próximamente. Paralelamente al proceso de extensión de efectos de sentencia, se han llevado a cabo también de forma individual por algunos interinos «demandas de reconocimiento de derecho y cantidad» solicitando la retroactividad de cuatro cursos, apuntó.

Sobre estos, la Justicia solo ha estimado parcialmente a favor de los 23 demandantes el reconocimiento del curso 17-18, que es que tiene sentencia firme del Tribunal Supremo a favor de los demandantes (diciembre de 2020), pero ha inadmitido el resto de cursos demandados por los docentes. En este caso, fue el sindicato CSIF representando a la colectividad de los docentes interinos de la región. Sobre esto, recordó que la Administración regional abonó ya en la nómina del pasado mes de abril estas cuantías. El pasado enero el TSJEx sí dio la razón a Educación sobre la fecha de incorporación de los interinos el curso que acaba de terminar. «Teniendo en cuenta que hay sentencias contradictorias sobre este asunto, a partir del próximo curso escolar 21-22 todos los docentes interinos con vacante de curso completo se incorporarán a las aulas el día 1 de septiembre», indicó.