El censo definitivo de las elecciones al campo en Extremadura convoca a 11.732 agricultores y ganaderos, según los datos de la Consejería de Agricultura, sobre la jornada de votación que se desarrollará el próximo 8 de mayo, en la que se han previsto 467 mesas electorales de la región. El proceso continúa su tramitación y este martes se han publicado en el Diario Oficial de Extremadura las resoluciones que recogen tanto la elaboración del censo electoral definitivo (cuya relación no se incluye) como la relación de las mesas electorales y la ubicación de todas ellas.

La cifra de electores crece tras las alegaciones que se presentaron a la relación inicial (11.512 censados), principalmente por Apag Extremadura Asaja y Asaja Extremadura, que denunciaron la "desaparición" de unos 2.000 electores respecto a la cifra de agricultores y ganaderos convocados para las elecciones de 2017. Entonces estuvieron llamados a las urnas 12.934 electores. Las dos organizaciones agrarias presentaron unas 1.200 alegaciones, mientras que UPA-UCE reclamó por otros 230 posibles electores que reunirían los requisitos. Con las que se han estimado finalmente, el censo definitivo ha quedado compuesto por 11.732 agricultores.

En la resolución relativa a la composición del censo electoral, según recoge la resolución, se declara cerrado, aunque se concede un plazo de diez días naturales desde este martes, 22 de marzo, para que las personas físicas y jurídicas puedan consultar los datos que sobre ellas contiene el censo definitivo que se encuentra en todos los ayuntamientos de la Comunidad y, en su caso, presentar las reclamaciones oportunas. Las reclamaciones se presentarán por las personas físicas mediante el modelo establecido en el Anexo I del DOE, en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o en lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, que implanta un Sistema de Registro único. En cuanto a las personas jurídicas, las presentarán mediante los modelos establecidos en los Anexos II, III y IV, según los defectos de los que adolezca la solicitud, de forma electrónica. A título enunciativo se podrán presentar a través del registro electrónico general de la Junta de Extremadura.

476 mesas para la jornada de votación

La Junta también publica el acuerdo de la Comisión Central que dispone la publicación de la relación de las mesas electorales y su ubicación para la jornada de votación del próximo 8 de mayo. Son en total 467 puntos, de los que 258 están en la provincia de Cáceres y 209 en la de Badajoz. La Junta recuerda que, según dispone la Ley Agraria de Extremadura, se debe constituir al menos una mesa electoral en cada municipio, núcleo de población o agrupación de éstos en función del censo de la demarcación provincial correspondiente con la colaboración de las Administraciones Locales. Las mesas se constituyen en los municipios y núcleos de población con un mínimo de diez electores censados. Si no alcanzan dicho número mínimo, las personas de estas poblaciones ejercerán el derecho de voto en los municipios y núcleos de población que determine la Comisión Central de acuerdo con criterios de proximidad y comunicación.

Asimismo, los municipios o núcleos de población limítrofes que no lleguen a dicho número mínimo exigido, previa solicitud conjunta dirigida a la Comisión, pueden agruparse si juntos superan los quince electores y se determinará en qué municipio se ubica la mesa electoral sobre la base de los mismos criterios ya señalados.

Contra la delimitación de las mesas se podrá presentar reclamación ante la Comisión Central en el plazo de cuatro días naturales a partir de este miércoles, 23 de marzo, y se deberá resolver en el plazo de cinco días naturales.

Las reclamaciones indicadas se dirigirán a la Comisión, con sede en la Consejería de Agricultura, presentándose en el Registro General o en los lugares previstos, según la ley, y obligatoriamente se hará a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.