El Periódico Extremadura

El Periódico Extremadura

CONSEJO DE GOBIERNO

La rebaja del Impuesto de Donaciones en Extremadura vuelve a retrasarse: no estará antes del verano

La ley que regula la bonificación sigue pendiente del informe favorable del Consejo de Estado y la Junta no prevé que pueda registrarse en la Asamblea antes del mes de mayo. La bonificación será del 99% en las transferencias de hasta 300.000 euros entre padres, hijos y cónyuges

Sede del Ilustre Colegio Notarial de Extremadura, en Cáceres. SILVIA SÁNCHEZ

La ley de medidas para la mejora de los procesos de respuesta administrativa y la prestación útil de los servicios públicos en un contexto de crisis sanitaria sigue a la espera del dictamen del Consejo de Estado. Entre otras medidas fiscales, este texto incluye la bonificación del Impuesto de Donaciones, que no se prevé que pueda registrarse en la Asamblea antes del próximo mes de mayo para iniciar su tramitación parlamentaria. 

Lo ha confirmado este miércoles el presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno. Según ha explicado, la ley para la mejora de los procesos de respuesta es complementaria a la de racionalización y simplificación administrativa, cuyo borrador ha sido aprobado este miércoles por el Ejecutivo.

La previsión es que la rebaja fiscal entrara en vigor al inicio de 2022, pero lo cierto es que la cuestión se ha ido retrasando: primero con horizonte al primer trimestre y ahora ya para antes del verano porque aunque se registrara en mayo, el trámite parlamentario se extiende varias semanas. La Junta ha confirmado además que esta reforma no se aplicará con carácter retroactivo.

Contrarreforma

La modificación de mayor calado es la que afecta al Impuesto de Donaciones, que se bonificará al 99% en las transferencias de hasta 300.000 euros entre familiares directos: padres, hijos y cónyuges. El impacto de la bonificación se estima en dos millones de euros. 

La Junta suprimió en 2016 las bonificaciones que el PP aplicó a este impuesto, pero ahora ha considerado necesario unificar los beneficios aplicables a cónyuges, padres e hijos, estableciendo un único porcentaje de bonificación condicionado solo y exclusivamente a la cuantía de la donación, que será del 99% en transferencias de hasta 300.000 euros. 

Sin embargo, seguirá sin haber bonificaciones entre no familiares o entre familiares de menor rango como hermanos, primos o tíos y sobrinos. La bonificación será del 50% hasta los 600.000 euros y en el caso de las personas con discapacidad se incrementará en 150.000 euros. Por encima de esas cuantías no existirá reducción.

Compartir el artículo

stats