El Diario Oficial de Extremadura (DOE) es el boletín oficial de la comunidad autónoma de Extremadura. Está regulado por el Decreto 331/2007, del 14 de diciembre. Se utiliza como un medio para difundir los documentos que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y en virtud de los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica, deben ser objeto de publicación oficial.

Solo se realiza en versión digital y se publica de lunes a viernes, excepto los días declarados inhábiles en todo el territorio extremeño. No obstante, puede modificarse esta periodicidad cuando el volumen de textos a publicar u otras circunstancias, apreciadas por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, así lo aconsejan.

Para publicar en el DOE, con unas pautas de estilo que seguir, habrá que realizar la solicitud a través de Registro Electrónico (ORVE, SIREX, Registro Electrónico General de la AGE, Registro Electrónico General de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura...). En la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán ordenar la inserción de documentos los Consejeros, los Secretarios Generales o personas en quien se delegue.

Según la web oficial: «En el caso de organismos y entes públicos vinculados o dependientes de la Administración, empresas públicas, sociedades mercantiles autonómicas o fundaciones del sector público, restantes Administraciones, entes y organismos públicos o privados, estarán habilitados sus representantes legales».