LA MEDIDA, MUY DEMANDADA, ESTÁ EN VIGOR DESDE EL 5 DE ENERO

Casi 7.000 solicitudes en Extremadura tras levantarse la prohibición de las quemas agrícolas

Un cambio a través de la Ley de la PAC permite de nuevo un práctica muy extendida en el campo. Solo se autoriza a explotaciones de menos de 50 trabajadores y hasta 10 millones de facturación

Un montón para la quema de restos agrícolas de forma controlada, en una imagen de archivo.

Un montón para la quema de restos agrícolas de forma controlada, en una imagen de archivo. / FDV

Las quemas agrícolas vuelven a estar permitidas en Extremadura desde hace una semana y en ese tiempo se han recibido casi 7.000 declaraciones responsables para poder llevarlas a cabo. La flexibilización de esta práctica, muy extendida en el campo, había quedado anulada con la entrada en vigor de la Ley de Residuos, que únicamente la permitía por motivos fitosanitarios o en función de las condiciones del terreno (pendientes, zonas abruptas...); con una serie de trámites previos para autorizarlas más complejos que la declaración responsable (una autorización y un informe técnico que lo avale). La orden de peligro bajo de incendios, así lo recogió ya el pasado mes de octubre.

Esos condicionantes son los que han cambiado a través de una modificación de la Ley de la PAC, que entró en vigor el pasado 2 de enero y que en Extremadura ya se aplica desde el día 5 de enero, según indican desde la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. El cambio autoriza a eliminar los restos vegetales generados en el ejercicio de su actividad únicamente a las "pequeñas explotaciones y microexplotaciones", según se recoge en la ley. Estas son "las que cuentan con menos de 50 trabajadores y cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros", precisan desde el departamento que dirige Begoña García Bernal, y eso supone que engloba a más del 90% de las explotaciones en Extremadura según calculan desde el sector.

Hay ya 6.765 declaraciones responsables: 5.095 en la provincia de Cáceres y 1.661 en la de Badajoz.

El otro cambio, junto con la flexibilización de los criterios para la quema, está en los requisitos porque ya no se precisa autorización, sino la correspondiente declaración responsable de quema por montones de residuos vegetales que ya se utilizaba antes para garantizar la prevención de incendios. Desde el pasado 5 de enero se han recibido 6.765 declaraciones responsables para llevar a cabo estas quemas, según los datos del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales (Infoex): hay 5.095 en la provincia de Cáceres y 1.661 en la de Badajoz.

Muy demandado por los agricultores

Las restricciones impuestas hasta ahora por la Ley de Residuos no gustaban al sector y las organizaciones agrarias habían trasladado el paso atrás que suponían en su trabajo y en la prevención de incendios. "El cambio supone de facto volver a la situación anterior. Estamos satisfechos con el trabajo que se ha hecho desde el sector, luchando por la modificación de la ley para tener una situación razonable rapara todos", resalta Ignacio Huertas, secretario regional de UPA-UCE. Añade que los pequeños agricultores a los que representan "no tenían capacidad, estructura, maquinaria ni alternativas viables a la necesidad de triturar los restos", que se les requería este año. Recuerda además que las quemas agrícolas son una práctica que el campo "ha venido realizando tradicionalmente como medida fitosanitaria, por el alto valor en la lucha contra las enfermedades que no se pueden erradicar de otra manera y para la prevención de incendios".

Cómo se tramitan

El procedimiento para informar de las quemas agrícolas el mismo que en anteriores campañas, y se puede realizar a través de la página web del Infoex (https://www.infoex.info/), en el apartado de trámites en línea. Hay una serie de condicionantes a cumplir, entre ellos que no se quemarán los montones "sobre pasto seco, hojarasca, matorral u otra vegetación inflamable, alejándolos en lo posible de dicha vegetación, de las riberas, de los linderos, y de las copas de los árboles". Además, "la altura de los montones será reducida de modo que su llama no alcance la vegetación en pie o arbolado" y "todos los montones encendidos deberán estar a la vista del responsable (a menos de 100 metros)". En el caso de que los o los montones superen el metro de altura o estén prendidos de forma simultánea en grupos de más de diez, "se avisará 1 hora antes de su encendido mediante llamada a la Central de incendios o al 112", se recoge también dentro de las medidas mínimas de seguridad que se comprometen a cumplir con esa declaración responsable.

Se podrá iniciar la quema desde una hora antes de la salida del sol hasta las 17.00 horas. A partir de esa hora ya no se podrá apreciar llama, debiendo permanecer vigilada hasta consumirse los rescoldos. A partir del 1 de abril, las quemas de restos acortarán ese horario hasta las 14.00 horas.