teletrabajo en Extremadura

Cómo solicitar el teletrabajo en la Junta de Extremadura

Desde el 15 de febrero se pueden presentar las solicitudes en la Secretaría General de la consejería correspondiente

Empleados públicos de la Junta en la oficina.

Empleados públicos de la Junta en la oficina. / EL PERIÓDICO

La Junta de Extremadura oferta 1.347 plazas para teletrabajar. Se trata de la mayor oferta hasta el momento, pero a la que sólo pueden optar los empleados públicos que no desempeñen tareas de atención al público.

Los trabajadores que opten por el teletrabajo permanecerán en sus casas tres días a la semana y dos acudirán a la oficina. Las nóminas no varían y la Administración les proporciona un ordenador y un teléfono.

Pero, ¿cómo se puede hacer la solicitud?. Según el Diario Oficial de Extremadura (DOE), el plazo para realizar la petición es de diez días a contar desde el momento que la convocatoria se publica en el DOE (15 de febrero de 2023).

Los interesados deben acudir al Portal del Empleado, rellenar el formulario de solicitud y dirigirla a la Secretaría General de la Consejería o al órgano competente equivalente del organismo o ente público a la que se encuentre adscrito el puesto de trabajo desempeñado por la persona solicitante.

Los requisitos

Estos son los requisitos:

  1. Los empleados públicos que deseen participar deben hacerlo constar en el formulario de solicitud a través del Portal del Empleado Público.
  2. Una vez cumplimentada vía internet, la solicitud deberá ser impresa y se presentará en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La simple tramitación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en un registro oficial, ni de hacerlo en el plazo anteriormente indicado. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería o al órgano competente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del procedimiento de la persona aspirante al teletrabajo.
  3. La solicitud es para el puesto de trabajo que ocupe el empleado público en el momento de su petición.
  4. Las empleadas públicas que se encuentren en periodo de gestación y residan en localidad distinta a donde se halle su puesto de trabajo, conforme a lo dispuesto la disposición adicional primera del Decreto 1/2018, de 15 de enero, deberán indicarlo en la solicitud. En este supuesto las empleadas públicas podrán presentar su solicitud en cualquier momento, sin estar sujetas al plazo establecido en el apartado 2 de esta base tercera. Se dará por terminada la prestación del servicio de modo no presencial cuando finalice el periodo de gestación.
  5. Las personas empleadas públicas para las que fuera necesaria o adecuada la prestación de servicios a través de teletrabajo, en base a motivos de salud acreditados a través de informe médico, que residan en localidad distinta a aquella donde se encuentra su centro de trabajo y cumplan con los demás requisitos establecidos, podrán presentar su solicitud en cualquier momento y obtener autorización por un periodo de un año de duración, previo informe del servicio de prevención del ámbito preventivo correspondiente.
  6. Las empleadas públicas que concurran bajo la condición de víctimas de violencia de género, conforme a lo dispuesto la disposición adicional segunda del Decreto 1/2018, de 15 de enero, deberán indicarlo en la instancia.
  7. La presentación de solicitudes podrá hacerse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.