El Periódico Extremadura

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PLENO EN LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA

Los senadores por designación de la Asamblea de Extremadura se mantendrán tras el 28-M

Los grupos aprueban por unanimidad una reforma exprés del Reglamento para que se mantengan en el cargo hasta que el hemiciclo que resulte de las elecciones haga una nueva designación. Actualmente son Rafael Lemús (PSOE) y José Antonio Monago (PP)

Panorámica del hemiciclo de la Asamblea de Extremadura durante la celebración del pleno ASAMBLEAEX.ES

Los grupos parlamentarios han aprobado en el pleno de este jueves una reforma exprés del Reglamento de la Asamblea de Extremadura para que los senadores autonómicos elegidos por la Cámara puedan continuar en el cargo hasta que el parlamento que resulte de las urnas tras las elecciones del 28-M haga una nueva designación. La propuesta parte de la presidenta de la Asamblea, Blanca Martín, y se ha aprobado por el procedimiento de lectura única con el apoyo de todos los partidos.

Según ha explicado Martín, hasta ahora los senadores elegidos por la Cámara regional perdían la "legitimidad representativa" cuando el parlamento se disuelve para la celebración de elecciones autonómicas (a primeros de abril, en este caso). Con el cambio, su mandato quedará vinculado a la legislatura en la que fueron elegidos y no a la actividad de la Asamblea, en pro de "la salvaguarda de la representación territorial" en el Senado durante el lapso de tiempo que transcurre entre la convocatoria de elecciones autonómicas, la disolución de la Cámara y la designación de los nuevos senadores.

Actualmente, los senadores por designación de la Asamblea de Extremadura son Rafael Lemús (PSOE) y José Antonio Monago (PP), que también mantienen su condición de diputados autonómicos. El Reglamento establece que para ser designado senador hay que tener acta de diputado autonómico, pero una vez obtenida la condición de senador no es necesario continuar siendo diputado, por lo que ambos podrán seguir en el cargo aunque no repitan en las listas a la Asamblea de Extremadura.

La modificación del Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura y también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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