medida de control al desarrollo de la actividad

Turismo comienza a sancionar y pone coto a la propagación del ‘free tour’ en Extremadura

Hay cinco expedientes en trámite a empresas en la provincia de Cáceres tras evaluar al sector en la región. Una denuncia en la Inspección de Trabajo alertó de guías que ofertaban visitas sin establecer un precio

Un grupo de turistas recibe las explicaciones de una guía de turismo en la ciudad monumental de Cáceres.

Un grupo de turistas recibe las explicaciones de una guía de turismo en la ciudad monumental de Cáceres. / CarlaGraw

La Junta de Extremadura ha comenzado a sancionar para poner coto a la proliferación de los ‘free tours’ para realizar visitas turísticas con una modalidad que queda al margen de la ley. De momento hay cinco expedientes abiertos a raíz de una denuncia en la Inspección de Trabajo de Cáceres, «sobre varias ofertas anunciadas en diversas plataformas de servicios turísticos, realizando visitas guiadas a cambio de propinas o permitiendo al cliente fijar el precio del servicio al final del mismo», concretan desde la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. 

El ‘free tour’ es una práctica extendida en Europa pero que carece de regulación en España: un guía turístico ofrece sus servicios para realizar visitas y no establece un precio por ello sino que cada cliente paga al final de la ruta la cantidad que considera, en función de si le ha gustado más o menos. La actividad está al margen de a ley, lo que no evita que estén proliferando los guías (habilitados o no) que ofrecen esos servicios, o las empresas que asumen esa modalidad y no fijan un precio previo por las visitas, según confirman desde el propio sector. «En la puerta del Teatro Romano los tienes con un paraguas blanco. Lo veo yo y lo ve todo el mundo, y algunos llevan la acreditación de guía de turismo y otros no», dice Concha Zamora, presidenta de la Asociación de Guías Turísticos de Extremadura (Agtex). 

Tras la denuncia, la Junta contactó con todos los guías turísticos habilitados

Que no se acuerde un precio previo es la clave del problema. La ley 2/2011 de Turismo de Extremadura regula la actividad del guía de turismo como aquella en la que profesionales, debidamente habilitados y de manera retribuida, prestan servicios de información, asesoramiento y asistencia a los turistas en materia cultural, monumental, artística, histórica y geográfica en sus visitas a museos, monumentos o conjuntos históricos.

 «Son dos notas características de la profesión de guía de turismo la habilitación y el carácter retribuido de la misma», recalcan desde la Junta; cuestión aparte es, según precisan, que el cliente decida entregar una propina después de recibir el servicio y haber pagado por él el precio establecido: «No se ha iniciado ningún procedimiento por la percepción de propinas porque el cliente es libre de entregar propina una vez que haya abonado el precio del servicio facturado», matizan. En Extremadura hay 93 guías turísticos acreditados, según sus datos.

Tres empresas alegan

Los primeros expedientes se han abierto en 2023 a raíz de una denuncia en la inspección provincial de Cáceres, sobre varias ofertas anunciadas en diversas plataformas de servicios turísticos, «realizando visitas guiadas a cambio de propinas o permitiendo al cliente fijar el precio del servicio al final del mismo», señalan desde el área de Turismo. A raíz de esa denuncia, se notificó a a todos los guías turísticos habilitados y registrados en la región, y a las plataformas anunciantes, «la obligación de cumplir con los requisitos fijados en la normativa sectorial autonómica»; esto es, la acreditación y el precio previo a la actividad. 

Dos de las de las cinco empresas expedientadas ya han incluido sus tarifas

Según indican las mismas fuentes de Turismo, una vez que se comprobaron los casos de continuidad de la publicidad sin precio predeterminado, hasta el momento se han iniciado cinco expedientes sancionadores en la provincia de Cáceres «por no informar previamente del precio del servicio profesional». Son infracciones leves en todos los casos, que conllevarían una sanción de 600 euros, aunque se incrementará si continúan con la práctica. 

Todos los expedientes corresponden a empresas de la provincia de Cáceres, aunque el trabajo se inspección se ha dirigido también a las de Badajoz. De momento no hay ningún expediente allí.

De los cinco expedientes abiertos en la provincia de Cáceres, tres han presentado alegaciones, «al considerar procedimentalmente en la formulación definitiva de la propuesta de sanción»; mientras que otros dos han modificado su publicidad y han incluido en ella el precio del servicio.

«Habría que vigilar más esa práctica, que además solo se ve en determinados momentos del año con mucha afluencia de visitantes. No sé si es porque no hay suficientes inspectores de trabajo, pero en 24 años de actividad no he visto solución a este problema», señala la presidenta de la asociación de guías de turismo. Y apunta además sobre los ‘free tours’ que el hecho de que pidan «la voluntad» no quiere decir que sea más barato para el cliente. «Piden la voluntad, pero dicen al mismo tiempo que unos 10 euros por persona en cada visita; que es lo mismo que cobra un guía por un recorrido de dos horas», señala.

Las claves

Acreditación y precio: El artículo 37 de la Ley 2/2011 de Turismo de Extremadura determina que «tendrán la consideración de Guías de Turismo los profesionales que debidamente habilitados y de manera retribuida presten servicios de información, asesoramiento y asistencia a los turistas en materia cultural, monumental, artística, histórica y geográfica».

Reconocidos por la Junta: El decreto 37 /2015, de 17 de marzo, que regula la actividad de guía de turismo en Extremadura, incide en que la actividad se atribuye exclusivamente a los profesionales habilitados por la administración (la Junta de Extremadura) y en relación a los derechos fija que percibirán «la remuneración o los honorarios libremente estipulados, por la prestación de sus servicios».

Precio fijado previo a la visita: El decreto 37 /2015 establece también en su artículo 15 la obligación de los guías de «informar a las personas usuarias antes de la contratación del servicio, del precio y del detalle de los conceptos que lo integran».

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