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Nuevo Real Decreto-ley que regula estas ayudas

Todos los cambios en el subsidio por desempleo, que da cobertura a 26.786 extremeños

La reforma que entró el viernes en vigor amplía el subsidio a más colectivos, lo aumenta en 90 euros mensuales, también lo hace compatible con un empleo, e iguala la cuantía por trabajo a tiempo parcial y completo

Imagen de un repartidor. Los trabajadores a tiempo parcial  cobrarán desde ahora el importe íntegro de la cuantía.

Imagen de un repartidor. Los trabajadores a tiempo parcial cobrarán desde ahora el importe íntegro de la cuantía. / EFE

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Lola Luceño Barrantes

Lola Luceño Barrantes

Cáceres

Hace cinco meses, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, tras el acuerdo alcanzado con las principales organizaciones sindicales, aunque no con la patronal. El 20 de junio, el Congreso, sin ningún voto en contra (abstenciones de PP, Vox y UPN), dio el visto bueno definitivo a esta reforma del subsidio por desempleo, que entró en vigor el viernes, 1 de noviembre. Incluye un aumento de la cuantía económica, pretende simplificar la protección por desempleo para agilizar el acceso a las ayudas, permitirá compatibilizar empleo y prestaciones; y ampliará los colectivos protegidos.

Son 26.786 los extremeños que cobran el subsidio de desempleo según los últimos datos del SEPE. Se trata de una prestación social o no contributiva para quienes han agotado el paro (la prestación contributiva) o bien para quienes no tienen derecho a él por no haber cotizado lo suficiente o superar los 52 años, entre otros supuestos. Hasta ahora eran 463 euros al mes. Desde hoy incluirá los siguientes cambios, que no afectarán a los que ya lo estén percibiendo, sino a aquellos que lo tramiten a partir de ahora

1. Más beneficiarios

La reforma amplía el subsidio a colectivos que carecían de esta cobertura: menores de 45 años sin responsabilidades familiares, trabajadores eventuales agrarios, trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, y a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de cargas familiares.

Como novedad, se extiende el subsidio a las víctimas de violencia de género o sexual mayores de 16 años y a los emigrantes retornados sin derecho a prestación. También se permite compatibilizar los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del régimen general, al tiempo que se reduce a 10 el número de peonadas para acceder a los primeros, debido a la sequía que ha afectado este año al campo, medida extensible hasta el 30 de junio de 2025.

2. Subida de 90 euros

La nueva norma eleva el porcentaje del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), empleado para calcular el subsidio por desempleo, de modo que aumenta en 90 euros mensuales. Las cuantías a percibir se establecen en tres tramos: durante los 6 primeros meses, 570 euros (95% IPREM actual); 6 meses siguientes, 540 euros (90% IPREM ) y resto del período, 480 euros (80% IPREM). Se mantiene la cotización por jubilación de los mayores de 52 años en el 125% de la base mínima vigente en cada momento.

El subsidio estará vinculado a un itinerario personalizado de activación para lograr un trabajo.

3. Compatible con un empleo

La reforma introduce el ‘Complemento de Apoyo al Empleo’, que permitirá compatibilizar una beca o un trabajo por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial, con el cobro del subsidio. Esta medida, que entrará en vigor en abril de 2025, se podrá prolongar durante un período máximo de 6 meses.

El ‘Complemento de Apoyo al Empleo’ será decreciente en el tiempo. Oscilará desde el 80 % del IPREM que percibirán durante el primer trimestre aquellos que trabajen a tiempo completo, hasta el 5 % del IPREM que recibirán a partir del quinto trimestre los que tengan un empleo inferior a la mitad de la jornada laboral.

También desde abril se podrá compatibilizar tener un trabajo con la percepción del paro (la prestación contributiva), una vez que se lleve un año cobrando y siempre que el salario percibido no supere los 18.900 euros brutos anuales (1.350 euros en 14 pagas con el IPREM actual). También será decreciente a medida que pase el tiempo y oscilará entre el 80% (entre el mes 13º y 15º para quienes tengan un empleo a tiempo completo), hasta el 15% (entre el mes 22º y 24º para los que tengan un trabajo inferior a la mitad de la jornada).

4. Sin esperas

La reforma simplifica el acceso a las ayudas y las cargas administrativas. Por ello se elimina el mes de espera para poder pedir el subsidio cuando se agota el paro, con el objetivo, indica el Gobierno, de «evitar vacíos en la cobertura de los colectivos más vulnerables».

5. Sin distinción de contratos

Desde el viernes se elimina la deducción en la cuantía del subsidio por trabajo a tiempo parcial, con lo que estos trabajadores tendrán garantizados los mismos derechos que los empleados a tiempo completo y cobrarán el importe íntegro del subsidio de desempleo, lo que beneficia principalmente a las mujeres.

6. Renta individual o por familia

El requisito de ‘insuficiencia de renta’ cambia para facilitar su cumplimiento, de modo que la renta podrá calcularse individualmente o por unidad familiar (también parejas de hecho). Podrá acreditarse mediante «declaración responsable», verificándose estos datos con posterioridad.

7. Parados de larga duración

Serán prioritarios a la hora de incorporarlos a los programas y acciones de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, con el objetivo de reincorporarlos al mercado laboral.

8. IRPF obligado

Los beneficiarios del subsidio de desempleo tendrán que presentar a partir de 2025 la declaración de la renta, aunque no lleguen al umbral obligado (22.000 euros con un solo pagador). De lo contrario podrían perder la ayuda, que no está exenta de IRPF y se le aplica retención.

8. Ingreso Mínimo Vital

La reforma también regula la transición del cobro del subsidio al cobro del Ingreso Mínimo Vital, que se percibirá de forma directa y automática a través de una pasarela entre el SEPE y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se pondrá en marcha el 22 de noviembre. 

66.691 personas cobran del Sepe en la región

Un total de 47.730 extremeños están acogidos a los distintos tipos de ayuda del SEPE. De ellos, 26.786 cobran el subsidio por desempleo (destinado a quienes no alcanzan el mínimo cotizado para cobrar el paro), 7.796 la renta agraria, 9.751 el subsidio agrario y 3.397 la renta activa de inserción, para desempleados con especiales dificultades de lograr trabajo. Luego están los 18.961 extremeños que cobran la prestación contribuida (el paro) tras haber cotizado a través de un empleo.

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