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Agricultura

La miel extremeña con Denominación de Origen Protegida modificará sus umbrales por el cambio climático

Los cambios afectarán a la descripción del producto por las primaveras con temperaturas más elevadas y lluvias más irregulares en la región

Miel

Miel / EVA GONZÁLEZ/EUROPA PRESS - Archivo

R.M.

Cáceres

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este lunes una resolución por la que se aprueba la modificación de las condiciones de la Denominación de Origen Protegida 'Miel Villuercas-Ibores' motivada por los efectos del cambio climático en el sureste de la provincia de Cáceres, la zona geográfica habitual para su producción.

Los cambios afectarán a la descripción del producto por las primaveras con temperaturas más elevadas y lluvias más irregulares, aunque, en cualquier caso, los nuevos umbrales siguen siendo mucho más restrictivos que los que se determinan de forma general en la Norma de Calidad de la Miel, según señala la resolución.

Petición y modificaciones

El pasado 12 de mayor de 2025 el Consejo Regulador de la DOP 'Miel Villuercas-Ibores' realizó la solicitud, y la Dirección General de Agricultura y Ganadería ha dado el visto bueno a la petición y se ha ordenado su comunicación al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la transmisión a la Comisión Europea.

Los cambios afectan al umbral máximo para el hidroximetilfurfura (HMF), que se eleva de 10 mg/kg hasta '× 18 mg/kg' y se rebaja el de la actividad diastasa de 30 a 22. También se ha indicado con más claridad, aunque sin cambiarlo en realidad, el umbral de la humedad, puesto que la redacción anterior era algo confusa.

En cualquier caso, la solicitud de modificación afecta a los siguientes apartados del pliego de condiciones: Descripción del producto (subapartados 'B.a' y 'B.c') y Estructura de control (consistente en una simple actualización de los datos).

Cambios en documento único

Implica también la modificación del documento único; en particular, de los apartados 3.1 (para adaptar la clasificación del tipo de producto a la nueva nomenclatura) y 3.2 (relativo a la descripción del producto, aunque solo los subapartados 'a' y 'c').

El Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria ha emitido un informe favorable a la aprobación de la solicitud de modificación, "constatándose que la solicitud presentada cumple los requisitos establecidos en la vigente normativa comunitaria". 

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