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Negociación de los presupuestos

¿Habrá elecciones en Extremadura en 2026 y 2027? Gabriel Moreno, experto en Derecho, responde: "Si hay controversia, decidirá el Constitucional"

El PP registra su propuesta para asegurar por ley legislaturas de cuatro años con una reforma exprés del Reglamento de la Asamblea

El profesor de Derecho Constitucional Gabriel Moreno, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura.

El profesor de Derecho Constitucional Gabriel Moreno, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura. / Jorge Valiente

Mérida

El Grupo Parlamentario Popular ha registrado una reforma exprés del Reglamento de la Asamblea de Extremadura para asegurar por ley legislaturas de cuatro años al presidente de la Junta. Y lo ha hecho solo 15 horas después de que María Guardiola anunciara a la oposición, en la primera reunión para negociar los presupuestos, que adelantará las elecciones si tampoco ahora logra un acuerdo para sacar adelante las cuentas regionales.

El objetivo del PP es evitar una legislatura de apenas un año: si se aprueba su propuesta y se convocan elecciones, Extremadura podría iniciar un ciclo electoral propio, al igual que ya tienen Andalucía, Galicia, Cataluña, País Vasco y Castilla y León. Los siguientes comicios se celebrarían así en 2030 en lugar de 2027, como correspondería de acuerdo a la legislación actual.

Elecciones anticipadas

El PP apoya su propuesta en una supuesta "incongruencia" entre el Estatuto de Autonomía y el Reglamento de la Asamblea tras la reforma que se aprobó del primero en el año 2011, que por primera vez dio al presidente de la Junta de Extremadura la prerrogativa de convocar elecciones anticipadas. Así, sostienen que el Reglamento de la Cámara, en una redacción anterior a la reforma que pactaron PSOE y PP, distingue entre legislaturas ordinarias y de convocatoria anticipada, frente a lo recogido en el Estatuto, que los populares entienden que establece legislaturas de cuatro años a todos los efectos.

La iniciativa, pendiente ahora de calificación por la Mesa de la Cámara, ha sido registrada por el procedimiento de lectura única: se votaría tras su debate en el pleno sin posibilidad de recibir enmiendas de la oposición. Gabriel Moreno, experto en Derecho Constitucional y vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura (Uex), da cuenta de la controversia y complejidad jurídica de lo que se plantea.

No descarta que finalmente sea el Tribunal Constitucional quien acabe decidiendo si los grupos de la oposición, e incluso la propia Mesa de la Asamblea (donde el PSOE tiene mayoría y la presidenta voto de calidad), solicitan un informe ante las dudas de legalidad. "El Constitucional es quien conoce directamente de la posible incompatibilidad del Reglamento de la Asamblea con el Estatuto de Autonomía o de la posible inconstitucionalidad de esa reforma", afirma el experto.

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PI STUDIO

El vacío del Estatuto

Moreno habla de un "vacío y apertura interpretativa" en el Estatuto de Autonomía que después concreta el Reglamento de la Asamblea. "¿Qué ha entendido la Junta de Extremadura? Que modificando únicamente el Reglamento se solucionaría esta cuestión y que, por tanto, si se convocaran elecciones anticipadas, la nueva legislatura que comenzara contaría desde cero, es decir, cuatro años y no hasta el término de la originaria (mayo de 2027)", explica Moreno.

En concreto, el PP solicita la modificación del artículo 7.1 del Reglamento de la Asamblea (La legislatura del Parlamento extremeño tiene una duración de cuatro años, a partir del día de la celebración de las elecciones autonómicas, salvo que se produjera la disolución anticipada) para eliminar la coletilla de la disolución anticipada y adecuarlo así al artículo 16.1 del Estatuto, que dice: La Asamblea, que representa al pueblo extremeño, es elegida por cuatro años, es inviolable y no podrá ser disuelta salvo en los supuestos previstos en el presente Estatuto.

Igualmente, piden la modificación del artículo 235 del Reglamento de la Asamblea en los puntos 2 (El mandato de la nueva Asamblea durará, en todo caso, hasta el término natural de la legislatura originaria) y 3 (En caso de disolución anticipada por voluntad de la presidencia de la Junta de Extremadura, la nueva legislatura durará hasta el término natural de la legislatura originaria) para adaptarlo al artículo 18.4 del Estatuto de Autonomía, que establece literalmente: Sin perjuicio de otras causas, los diputados cesan a los cuatro años de su elección o en la fecha de publicación oficial del decreto de convocatoria de elecciones, tanto en el caso de disolución anticipada como en el de agotamiento de la legislatura.

Archivo - Una mujer votando por correo en unas elecciones.

Archivo - Una mujer votando por correo en unas elecciones. / María José López - Europa Press - Archivo

Sin debate previo

Según Moreno, "lo óptimo jurídicamente" es que la reforma que plantea el PP se recogiera en el Estatuto de Autonomía. "Primero, porque es el lugar natural donde deben estar reguladas este tipo de cuestiones y segundo, porque el Estatuto es el que vincula al legislador autonómico. Los reglamentos, la función que tienen es la de regular el funcionamiento interno de las cámaras, no la de establecer previsiones referidas a la convocatoria de elecciones o la temporalidad de la legislatura", indica.

"Lo que pasa es que para reformar el Estatuto de Autonomía hace falta una mayoría cualificada de dos tercios (al menos 44 diputados) y para reformar el Reglamento de la Cámara basta con la mayoría absoluta (33)", señala.

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S. GARCIA

El precedente de Castilla y León

El precedente más claro es Castilla y León. La reforma de su Estatuto en el año 2007 se materializó en la Ley Orgánica 14/2007, que profundizó en el autogobierno y entre otras cuestiones, eliminó limitaciones como la duración de los periodos de sesiones de las Cortes. Por ello, cuando Alfonso Fernández Mañueco utilizó su prerrogativa para adelantar las elecciones autonómicas en 2022, esta comunidad abrió un nuevo ciclo electoral, separándose del calendario común del resto de Comunidades Autónomas, y volverá a votar en 2026.

En Madrid por el contrario, el presidente puede convocar elecciones cuando quiera, pero su Estatuto establece que "las elecciones se celebrarán el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años", tal y como está previsto en la Ley Electoral General (Loreg). Por ello la legislatura que resultó de las elecciones de 2021 tuvo limitado su mandato hasta el término de la legislatura original y los madrileños volvieron a las urnas en 2023.

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