Recurso de reposición
Fondenex recurre las actuaciones planteadas por la Junta en la superficie del incendio de Jarilla
Alega que la resolución carece de la evaluación de impacto ambiental a la que obliga la legislación vigente en aquellas Zonas de Especial Conservación (ZEC) como las afectadas por este fuego

Imagen facilitada por Fondenex de la superficie afectada por el indencio de Jarilla. / El Periódico

La asociación Fondo para la Defensa del Patrimonio Natural y Cultural de Extremadura (Fondenex) ha presentado un recurso de reposición contra la resolución de 23 de septiembre de 2025 del consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural por la que declaraba como zona de actuación urgente (ZAU) la superficie afectada por el incendio que se declaró en el mes de agosto pasado en el municipio cacereño de Jarilla y que afectó a diversas poblaciones más del valle del Ambroz y del Jerte. Este colectivo pide a la Administración regional que “revoque mediante nulidad o subsidiariamente anulabilidad” tanto esta resolución como “todos los documentos del citado proyecto”.
Talar "miles de árboles"
A comienzos de octubre, Fondenex ya criticó las actuaciones previstas en los términos municipales de estas localidades al plantearse, arguyó, la tala “de miles de árboles que no se han quemado”. En aquel momento, consideró que el proyecto podría tener un impacto "peor" que el que ocasionó el propio incendio. ”¿Qué explicación puede dar la Junta para querer talar miles de árboles a los que el fuego no ha afectado o lo ha hecho de forma tan ligera que se recuperarán totalmente? ¿No es esto mucho peor que el incendio acaecido?” se preguntó.

Terrenos afectados por el fuego de este verano. / El Periódico
Respuesta de la Junta
Desde la consejería de Gestión Forestal, se replicó tanto a Fondenex como a otras organizaciones conservacionistas que criticaron este plan, que la Junta de Extremadura no tenía intención de hacer “ninguna tala indiscriminada en las zonas afectadas por los incendios de Caminomorismo y Jarilla”. En este sentido, esgrimió, “los ingenieros del servicio técnico forestal llevan semanas inspeccionando las dos ZAU y será su criterio y experiencia el que determinará los ejemplares con tal grado de afectación que su supervivencia es inviable”. “Tanto la corta de madera como el resto de actuaciones estarán sometidas a evaluación previa y evaluación de impacto ambiental”, se apostilló.
Sin evaluación de impacto ambiental
En el recurso de reposición presentado por Fondenex se alega que “queda suficientemente claro que los terrenos sobre los que se pretende actuar pertenecen a la Red Natura 2000”. No obstante, se precisa en el texto, la resolución de la Junta que declara como zona de actuación urgente la superficie afectada y la utilidad pública de los trabajos de emergencia a realizar en los terrenos forestales comprendidos en ella “carecen de la evaluación de impacto ambiental a la que obliga la legislación vigente en las ZEC (Zonas de Especial Conservación) integradas en la Red Natura 2000 y del Informe de Afección que exige el Decreto 110/2015, de 19 de mayo”.
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