Nuevo revés judicial contra el complejo residencial y de ocio en el norte de Cáceres
El Constitucional desestima también el tercer recurso pendiente sobre Isla Valdecañas: insiste en su derribo total
Mantiene la decisión del Supremo, dictada en 2022, que obliga a demoler todo el resort, como hiciera también con los recursos de la Junta de Extremadura y de las comunidades de propietarios, ya rechazados

Vista del único hotel construido en Isla Valdecañas desde la zona de las piscinas. / EL PERIODICO
En cuestiones judiciales, a la tercera no fue la vencida. El tercer y último recurso de casación pendiente sobre el caso Isla de Valdecañas ha sido esta mañana rechazado también (como los dos anteriores) por el Tribunal Constitucional, que insiste de esta forma en el derribo total del complejo turístico y residencial levantado hace 15 años en la provincia de Cáceres.
El pleno ha decidido este miércoles, por unanimidad de sus magistrados, desestimar también el recurso de amparo interpuesto por los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo (los términos municipales sobre los que se asienta el resort) contra la sentencia de marzo de 2022 del Tribunal Supremo, que ordena la demolición de todo lo construido en la isla del embalse de Valdecañas al haberse urbanizado en una zona protegida (Zona de Especial Protección de Aves): 180 villas, un hotel de cuatro estrellas, un campo de golf, piscinas, una playa artificial, un embarcadero, instalaciones deportivas...
A finales de septiembre, el Constitucional desestimaba, también por unanimidad, el recurso presentado por la Junta de Extremadura y el pasado octubre hacía lo propio sobre el recurso de las comunidades de propietarios de la isla contra esta misma decisión del Supremo. Y ahora se basa en sus mismos argumentos.
Así, la nueva sentencia del Constitucional conocida este miércoles, en la que ha vuelto a ser ponente el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, sostiene que no se dan las circunstancias que se alegaban en el recurso de los ayuntamientos: la vulneración del derecho al recurso por la indebida admisión del recurso de casación; la lesión del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías y del derecho al juez imparcial; y la vulneración de la tutela judicial efectiva por producir las resoluciones judiciales indefensión por dilaciones indebidas y por exceso de jurisdicción, al resolver cuestiones ajenas a un recurso de casación e indicar el modo en que deben ejecutarse las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. "Todas las quejas que el Tribunal Constitucional entra a examinar son desestimadas", citando las dos resoluciones anteriores.
El derribo total lo dictó por primera vez el TSJEx en 2011
Tras la deliberación durante la segunda jornada de un pleno que arrancó ayer, el tribunal explica que sobre Isla Valdecañas se dictaron dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el año 2011 en las que se anulaba la aprobación del proyecto (de interés regional) adoptada por la Junta de Extremadura y se ordenaba la reposición de los terrenos a la situación anterior a la aprobación del citado proyecto de construcción. Tal decisión fue confirmada por el Tribunal Supremo tres años más tarde.
Tras varios recursos, en el año 2021 el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura determinó el modo de ejecutar estas dos sentencias, ordenando la demolición de todo lo que se encontraba en fase de estructura o no terminado ni en funcionamiento, así como la conservación del hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones ya construidas.
Pero Ecologistas en Acción recurrió tal decisión ante el Supremo, que volvió a emitir una nueva sentencia en febrero del 2022 estimando el recurso de casación y considerando que no concurren causas que justifiquen la imposibilidad de ejecución de las sentencias en sus propios términos. Contra esta sentencia del Tribunal Supremo se interpusieron los tres recursos de amparo que ya han sido desestimados por el Constitucional.
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