21D: Elecciones en Extremadura
¿Cuántas horas tengo para votar si trabajo en las elecciones del 21D en Extremadura?
La Dirección General de Trabajo fija los criterios para garantizar el derecho al voto de las personas empleadas

Un ciudadano ejerce su derecho en las urnas. / Efe

La Dirección General de Trabajo ya ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (20 de noviembre) la resolución que regula las medidas laborales aplicables el 21 de diciembre, día de las elecciones a la Asamblea de Extremadura. El objetivo es asegurar que todas las personas trabajadoras puedan ejercer su derecho al voto.
Permisos para ir a las urnas
Las horas de permiso dependerán de la coincidencia entre el horario laboral y el horario de votación (de 9.00 a 20.00):
👉Si no coincide o coincide menos de dos horas, no habrá permiso.
👉Coincidencia de entre dos y menos de cuatro horas: 2 horas de permiso.
👉Coincidencia de entre cuatro y menos de seis horas: 3 horas.
👉Coincidencia igual o superior a seis horas: 4 horas.
Voto por correo
Quienes trabajen lejos de su domicilio o tengan dificultades para votar el 21D podrán solicitar un permiso retribuido para pedir y enviar el voto por correo. Su duración se calculará según los mismos criterios que los permisos anteriores y en función del horario de Correos.
Jornada parcial y organización del permiso
El permiso se reducirá proporcionalmente para las personas con jornada parcial.
En todo caso, corresponde a la empresa determinar cómo se distribuye el permiso según sus necesidades organizativas.
Mesas electorales, interventores y apoderados
Si ha sido elegido en el sorteo de su ayuntamiento para asistir a la mesa electoral, así queda su situación:
👉 Presidentes, Vocales e Interventores: dispondrán de permiso retribuido durante toda la jornada electoral y además podrán tomarse libres cinco horas al día siguiente.
👉 Apoderados: tendrán permiso retribuido únicamente durante el día de la votación. Si trabajan la noche anterior, podrán solicitar un cambio de turno para garantizar el descanso.
Naturaleza y justificación
Los permisos no supondrán reducción de retribuciones y deberán justificarse mediante certificación de voto o acreditación de participación en la mesa electoral.
Carácter mínimo
Estas medidas tienen carácter mínimo y se aplicarán también de forma supletoria en la Junta de Extremadura y en los convenios colectivos que no contemplen esta situación.
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