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Proceso de estabilización

Nuevo paso para desbloquear la estabilizacón de los técnicos de Empleo: el DOE publica los cambios en el baremo tras la sentencia del TSJEx

La Junta de Extremadura tiene que voler a baremar los méritos de los 684 aspirantes que optan a 126 plazas de técnico de la Administración, en la especialidad de Empleo

Aspirantes a un proceso selectivo, en una imagen de archivo.

Aspirantes a un proceso selectivo, en una imagen de archivo. / EL PERIODICO

Cáceres

Tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), la Junta de Extremadura tiene que volver a baremar los méritos presentados por los 684 aspirantes que se inscribieron para optar a las 126 plazas de técnico de la Administración en la especialidad de empleo, en las oposiciones de estabilización, convocadas en 2022, y este lunes ha dado un primer paso para llevar a cabo este procedimiento y llegar a su fin.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy la orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que, en ejecución de la sentencia, se modifica la orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convocaron los procesos selectivos para acceder a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico de la Administración.

En concreto, lo que se modifica es el baremo de méritos y el nuevo establece que en concreto en la especialidad de Empleo se valorarán con un máximo de 16 puntos (0,089 por mes o fracción) los servicios prestados en la Junta como personal funcionario interino o laboral temporal "cuando las funciones realizadas en el cuerpo, escala, categoría y/o especialidad, en su caso, donde se hayan prestado sean similares a las del cuerpo/especialidad de Empleo a la que se opta, y siempre que se trate del mismo subgrupo de titulación". También se añade que se valorarán los servicios prestados en administraciones públicas (Junta de Extremadura, entidades locales u otras administraciones pública) cuando las funciones realizadas sean equivalentes a las propias de la especialidad de Empleo y del mismo grupo/subgrupo de titulación. Este párrafo no aparecía en el baremo anterior.

Además, se incluye también ahora el cambio de otro apartado del baremo, el a.3, en el que se establece una puntuación máxima de 9,6 puntos, "a razón de 0,0534 por mes o fracción", frente a la puntuación máxima de 1,6 puntos (0,009 por mes o fracción) de la orden de diciembre de 2022, en el caso de los servicios prestados como funcionario interino o laboral temporal en otras administraciones públicas.

Con estos cambios se da cumplimiento a la sentencia del TSJEX, que estimó en parte el recurso contra la resolución de la titular de este departamento, Elena Manzano, de agosto de 2023, por la que se desestimaba un recurso de reposición previo presentado contra la orden de convocatoria de las plazas.

La sentencia llegó en la fase de valoración de méritos

De esta forma, según explican fuentes de la consejería a Efe, se han modificado las bases del proceso selectivo, concretamente la parte relativa a la puntuación asignada a los méritos profesionales objeto de valoración.

La administración recuerda que en la fecha de la sentencia, junio de 2024, el proceso selectivo se encontraba en fase de valoración de méritos "sin que, por tanto, las plazas aún hubieran sido adjudicadas". Por ello, ahora la solución pasa por volver a baremar a los aspirantes "conforme a la nueva puntuación establecida".

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