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Temporal y empleo

El SEPE activa el procedimiento para agilizar las prestaciones por desempleo tras los temporales en Extremadura

Fija un mes para tramitar las solicitudes colectivas y extiende este régimen especial a las trabajadoras del hogar en condiciones específicas

Bomberos del Sepei ayudan a la evacuación, otras vez, de La Isleta, en Coria.

Bomberos del Sepei ayudan a la evacuación, otras vez, de La Isleta, en Coria. / DIPUTACIÓN DE CÁCERES

El Periódico Extremadura

El Periódico Extremadura

Cáceres

El SEPE ha activado el procedimiento para reconocer las prestaciones por desempleo de trabajadores afectados por fuerza mayor en episodios como los temporales recientes en Andalucía y Extremadura, una vía que entró en vigor el pasado jueves tras publicarse en el BOE y que da a las empresas un mes para presentar la solicitud colectiva.

La resolución desarrolla el real decreto-ley aprobado por el Gobierno tras los daños del temporal y aterriza, ya en la práctica, cómo se tramitarán los ERTE por fuerza mayor cuando la actividad quede interrumpida por inundaciones, daños en instalaciones o imposibilidad de trabajar con normalidad. También incorpora un elemento social relevante: el mismo régimen especial se extiende, según recoge el BOE, a las personas trabajadoras del hogar, a las que se abre el acceso a prestaciones "en unas condiciones que respondan de manera justa a la situación que atraviesan".

Qué cambia desde ahora

La principal novedad operativa es que no serán los empleados quienes tengan que pedir una a una estas ayudas. La resolución establece que serán las empresas las que soliciten las prestaciones en nombre de los trabajadores afectados mediante una solicitud colectiva.

Ese trámite deberá hacerse a través de la aplicación telemática del SEPE y por cada centro de trabajo. En esa comunicación habrá que incluir la relación de personas afectadas por la suspensión del contrato o por la reducción de jornada, dos de las fórmulas previstas cuando un episodio extraordinario obliga a frenar o limitar la actividad.

En la práctica, el Gobierno busca evitar un cuello de botella administrativo en situaciones de emergencia, cuando los daños materiales o la imposibilidad de abrir obligan a actuar con rapidez. En una comunidad como Extremadura, donde un temporal puede golpear tanto a pequeños negocios como a explotaciones agrarias, talleres, comercios o servicios de proximidad, ese detalle procedimental no es menor.

El plazo y sus consecuencias

La resolución fija un plazo de un mes para presentar la solicitud. Ese tiempo contará desde la resolución de la autoridad laboral que constate la existencia de fuerza mayor o desde la comunicación empresarial de la medida adoptada, según el caso.

El texto también prevé qué ocurre si la empresa se retrasa. Si la solicitud se presenta fuera de plazo, el derecho a la prestación se reconocerá desde el día en que quede registrada, no desde el inicio de la suspensión o de la reducción de jornada. Ese matiz desplaza el coste del retraso a la empresa: será esta la que deba abonar al trabajador las cantidades que habría percibido en concepto de desempleo desde el arranque de la medida hasta el día anterior a la presentación de la solicitud.

No es un detalle menor. La norma intenta dejar claro que la demora administrativa de la empresa no puede traducirse sin más en un vacío de ingresos para el empleado, una cuestión especialmente sensible en sectores con salarios ajustados o alta temporalidad.

Final automático y reconocimiento ágil

En la solicitud colectiva deberá constar también la fecha prevista de finalización de la suspensión del contrato o de la reducción de jornada. Llegado ese momento, la prestación quedará suspendida de forma automática.

Además, la resolución contempla que el reconocimiento de las prestaciones pueda realizarse de manera automatizada mediante los sistemas informáticos del SEPE, con el objetivo de acelerar la respuesta en contextos excepcionales. Para ello, será necesario que la persona trabajadora figure inscrita como demandante de empleo.

Si no lo está, se prevé la coordinación entre el SEPE y los servicios públicos de empleo autonómicos para proceder a esa inscripción y permitir el reconocimiento de la ayuda. Esa colaboración administrativa será clave para evitar que una falta de alta previa bloquee el acceso a la prestación en plena situación de emergencia.

Qué implica para Extremadura

La resolución no crea por sí sola una nueva ayuda, sino que concreta el camino administrativo para que las prestaciones vinculadas a los ERTE por fuerza mayor puedan llegar antes a quienes vean paralizada su actividad por un episodio extremo. En comunidades como Extremadura, donde los temporales pueden dejar daños en infraestructuras, negocios y explotaciones, el alcance de esa agilidad puede ser determinante.

El texto publicado en el BOE sitúa además bajo el mismo paraguas protector a un colectivo especialmente expuesto, el de las trabajadoras del hogar, y refuerza la idea de que la respuesta pública no debe quedarse solo en el decreto político, sino traducirse en un procedimiento claro, ejecutable y con plazos cerrados. Falta por ver ahora cuántas empresas se acogen a esta vía y qué volumen de trabajadores termina protegido por este mecanismo.

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