Calendario laboral
Ya es oficial: Extremadura tendrá un macropuente de cuatro días en octubre de 2027
La Junta aprueba el calendario laboral del próximo año, que mantiene como festivos el Jueves Santo y el Día de Extremadura y traslada el descanso del 15 de agosto al lunes 11 de octubre

Otoño mágico en el Valle del Ambroz. / Web oficial
Ya es oficial: Extremadura tendrá en 2027 un macropuente de cuatro días en octubre. El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el calendario laboral del próximo año, que mantiene como festivos autonómicos el Jueves Santo y el Día de Extremadura, pero introduce una modificación clave en el reparto de los descansos. El festivo de la Asunción de la Virgen, que cae en domingo, se trasladará al lunes 11 de octubre, justo antes de la Fiesta Nacional de España.
La decisión permitirá encadenar cuatro jornadas consecutivas de descanso, desde el sábado 9 hasta el martes 12 de octubre, en un puente de otoño que la Junta considera especialmente relevante para el sector turístico. La portavoz y consejera Elena Manzano ha defendido que este cambio será "muy beneficioso para el turismo" y ha señalado que el Ejecutivo cree que resulta "más interesante" llevar ese descanso al mes de octubre que mantenerlo en agosto, cuando muchos extremeños ya están disfrutando de sus vacaciones.

La portavoz y consejera de Hacienda de la Junta de Extremadura, Elena Manzano, en una imagen de archivo / JUNTA DE EXTREMADURA
Catorce festivos en total
El calendario laboral de 2027 en Extremadura contará con 14 días festivos: doce de ámbito nacional y autonómico, a los que se sumarán otros dos festivos locales que deberá fijar cada municipio. Los ayuntamientos tendrán que comunicar esas fechas a la Junta de Extremadura antes del 15 de septiembre.
Entre las fechas autonómicas que se mantienen figuran el Jueves Santo, que en 2027 caerá el 25 de marzo, y el Día de Extremadura, que volverá a ser festivo el 8 de septiembre, en esta ocasión en miércoles. La principal novedad, por tanto, no está en la elección de las fiestas propias, sino en la forma de recolocar uno de los descansos que coinciden con domingo.
Octubre gana peso
El cambio más destacado llegará en octubre. El 15 de agosto, festividad de la Asunción de la Virgen, caerá en domingo, por lo que la Junta ha optado por trasladar ese descanso al lunes 11 de octubre. De esta manera, Extremadura sumará una pausa de cuatro días al enlazar ese lunes con el martes 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
Manzano ha explicado que el objetivo es aprovechar mejor ese descanso y reforzar una fecha con capacidad de movimiento turístico dentro de la comunidad. "Creemos que resulta más interesante su traslado al mes de octubre", ha señalado la portavoz del Ejecutivo regional, que ha enmarcado la medida dentro de un calendario pensado también para favorecer la actividad en sectores como el turismo, la hostelería y el comercio.
Menos puentes que en 2026
El calendario de 2027 será, en cualquier caso, menos generoso en puentes que el de 2026. El próximo año habrá dos fines de semana largos claros, el de Año Nuevo, al caer el 1 de enero en viernes, y el de Todos los Santos, que será lunes. A ellos se sumará el macropuente de octubre y el puente de diciembre, con la Constitución el lunes 6 y la Inmaculada el miércoles 8.
No habrá, en cambio, puente por el Día del Trabajo, que caerá en sábado, ni por el 15 de agosto, que al ser domingo se desplazará a octubre. Tampoco el Día de Extremadura generará un puente automático, ya que en 2027 será miércoles.
Las fiestas laborales, retribuidas y no recuperables, en Extremadura para 2027 serán las siguientes:
1 de enero, Año Nuevo (viernes).
6 de enero, Epifanía del Señor (miércoles).
25 de marzo, Jueves Santo.
26 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo (sábado).
15 de agosto, Asunción de la Virgen (domingo).
8 de septiembre, Día de Extremadura (miércoles).
11 de octubre, descanso laboral correspondiente al 15 de agosto (lunes).
12 de octubre, Fiesta Nacional de España (martes).
1 de noviembre, Todos los Santos (lunes).
6 de diciembre, Día de la Constitución Española (lunes).
8 de diciembre, Inmaculada Concepción (miércoles).
25 de diciembre, Natividad del Señor (sábado).
A estas fechas se añadirán los dos festivos locales que apruebe cada ayuntamiento.
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