Caso David Sánchez
La fiscalía estudia recurrir ante el TSJEx la sentencia que condena a David Sánchez
El ministerio público no acusó en esta causa y pidió la absolución de los 11 imputados al considerar que no había pruebas de que el hermano del presidente del Gobierno y su amigo hubieran sido enchufados en la Diputación de Badajoz
La partes han solicitado aclaraciones al fallo de la Audiencia, lo que interrumpe el plazo para presentar los recursos
La fiscal Begoña García Boró, en primer término, durante el juicio por el conocido como caso David Sánchez en la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA
Las defensas y las acusaciones populares ya han anunciado que recurrirán y ahora es la fiscalía la que está estudiando presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia de la Audiencia de Badajoz que ha condenado a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, al expresidente de la Diputación de Badajoz y exlíder del PSOE extremeño, Miguel Ángel Gallardo, y a otros nueve cargos y funcionarios de la institución provincial por prevaricación administrativa. Todos han sido inhabilitados para ejercer empleo o cargo público durante 9 años, salvo Gallardo, a quien se inhabilita 18 años.
Aunque fuentes de la fiscalía aún no confirman la decisión definitiva, es lógico pensar que, siguiendo la tesis que ha mantenido hasta la fecha, recurra el fallo. El ministerio público no acusó en esta causa y solicitó la absolución de todos los imputados al considerar que no hubo ilegalidades ni en la creación ni adjudicación de la plaza de coordinador de actividades de los conservatorios a David Sánchez, ni en su cambio de nomenclatura a jefe de la Oficina de Artes Escénicas ni tampoco en la contratación de su amigo y exasesor de Moncloa Luis Carrero como jefe de sección de Coordinación de Centros Culturales y Actividades Transfronterizas.
«No basta con conjeturas, se condena con pruebas ciertas», defendió en su alegato al final del juicio la fiscal Begoña García Boró.
Durante la instrucción, la fiscalía respaldó todas las resoluciones de la jueza Beatriz Biedma (no las recurrió), pero una vez que esta dictó auto de transformación a procedimiento abreviado, como hicieron las defensas, solicitó su revocación y el archivo de la causa a la Audiencia. Tras ampliarse las actuaciones a Luis Carrero, el ministerio público también se adhirió a la petición de sobreseimiento de su defensa.
Es decir, la fiscalía avaló que la jueza instructora indagara sobre las sospechas de que el hermano del presidente del Gobierno y su amigo habían podido ser enchufados en la Diputación de Badajoz, pero concluyó que no había indicios de criminalidad, sino hipótesis y sostuvo que era «absurdo» prolongar el procedimiento porque el esfuerzo de las acusaciones estaba «condenado al fracaso» por la ausencia de delitos.
Las pruebas practicadas durante el juicio no movieron un ápice su posición: García Boró aseguró que de todo el procedimiento, solo el decreto de nombramiento firmado por Miguel Ángel Gallardo tenía un elemento de carácter decisorio y efectos frente a terceros, pero defendió que no era una resolución arbitraria, mientras que el resto era «meros actos de trámite» que no podían considerarse como una acción prevaricadora. Para el ministerio público, ni los testigos, ni los correos electrónicos intervenidos ni el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil consiguieron desvirtuar la presunción de inocencia de los 11 acusados.
La postura que ha mantenido la fiscalía desde el final de la instrucción le ha valido duras críticas de las acusaciones populares -que se mantienen a día de hoy-, que le ha llegado a atribuir el papel de «la mejor defensora» de los imputados.
Aclaraciones a la sentencia
Tras la notificación de la sentencia a los condenados, las partes disponen de 10 días para presentar sus recursos ante el TSJEx. No obstante, este plazo se interrumpe si se piden aclaraciones a la sentencia, lo que, según ha confirmado este diario, ya ha ocurrido en alguno de los casos. Uno de los puntos que se ha pedido que el tribunal precise son las inhabilitaciones. Hay dos días para solicitarlas y el tribunal cuenta con otros tres para responder con la aclaración o la no aclaración (si estima que no hay nada que clarificar).
Las aclaraciones permiten subsanar errores materiales o conceptos que puedan resultar ambiguos o contradictorios, pero no suponen en ningún caso un cambio en el fallo.
Al tratarse de una causa sin preso y teniendo en cuenta que agosto es prácticamente inhábil en agosto, la previsión es que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no comience a estudiar los recursos hasta septiembre.
Decida lo que decida el TSJEx, el camino judicial de este procedimiento no habrá acabado cuando se pronuncie, pues quedará el recurso de apelación ante el Tribunal Supremo. En la práctica, esto supone que no habrá sentencia firme a corto plazo. De hecho, tardaría varios años.
Fuente: La Crónica de Badajoz