Material tóxico
Ya están disponibles las ayudas de hasta 25.000 euros para retirar amianto con seguridad en empresas extremeñas
La Junta financia también la instalación de líneas de vida permanentes para prevenir caídas durante los trabajos en cubiertas

Operarios retiran restos de amianto con los trajes de protección. / EL PERIODICO
Las empresas de Extremadura ya pueden solicitar las ayudas autonómicas destinadas a retirar cubiertas que contengan amianto y a instalar sistemas permanentes de protección frente a las caídas de altura en sus centros de trabajo. La Junta ha abierto la segunda convocatoria correspondiente a 2026, dotada con 102.489 euros y financiada íntegramente con fondos de la comunidad autónoma. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, mediante la valoración y comparación de las solicitudes presentadas.
La convocatoria, publicada el 30 de julio en el Diario Oficial de Extremadura, contempla dos modalidades que podrán solicitarse por separado o conjuntamente. Cuando una empresa pida ambas, la ayuda total no podrá superar los 25.000 euros por centro de trabajo.
El amianto supone un riesgo especialmente cuando sus fibras se liberan al ambiente y son inhaladas durante la manipulación o retirada de los materiales que lo contienen. Estas partículas pueden alojarse en los pulmones y provocar enfermedades graves como la asbestosis, el cáncer de pulmón o de laringe y el mesotelioma, cuyos efectos pueden manifestarse incluso décadas después de la exposición. Por ello, cualquier intervención debe realizarse por empresas especializadas y con estrictas medidas preventivas.

Santi García
Quién puede solicitarlas
Podrán acceder a las subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, agrupaciones y otras unidades económicas que desarrollen su actividad en Extremadura. Las entidades solicitantes deberán contar con una media mínima de tres trabajadores por cuenta ajena durante los doce meses anteriores a la publicación de la convocatoria. También tendrán que ser propietarias o arrendatarias del inmueble y realizar la inversión en un centro de trabajo situado en la comunidad.
El establecimiento deberá disponer de comunicación de apertura o licencia municipal de actividad con una antigüedad mínima de doce meses. En el caso de los locales o edificios alquilados, será necesario aportar la autorización expresa de su propietario para ejecutar las actuaciones. No podrán ser beneficiarias las administraciones públicas, las entidades del sector público ni las empresas que desarrollen actividades mineras, entre otros supuestos recogidos en la convocatoria. Las ayudas se dirigen a centros de trabajo y no a viviendas particulares o edificios residenciales.
El 85% para retirar cubiertas con amianto
La primera línea subvenciona la retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto. La Junta financiará el 85% de la inversión subvencionable, con un máximo de 20.000 euros por centro de trabajo. El límite se establece en 25 euros por metro cuadrado de cubierta. Entre los gastos incluidos se encuentran la manipulación, la retirada, el transporte y la gestión del material contaminante.
Los trabajos deberán ser realizados por una empresa especializada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA). Además, el plan de trabajo para la retirada deberá estar aprobado por la Dirección General de Trabajo antes de que termine el plazo para presentar las solicitudes. No se financiarán actuaciones que no garanticen la eliminación del amianto, como el encapsulado, el doblaje de cubiertas o el proyectado con materiales sintéticos. La edificación deberá tener una altura mínima de tres metros desde el suelo hasta el alero y la superficie de la cubierta tendrá que ser superior a diez metros cuadrados.
Protección frente a las caídas
La segunda modalidad financia la instalación de líneas de vida permanentes para proteger a los trabajadores durante las labores de mantenimiento, reparación o instalación realizadas en cubiertas. La subvención cubrirá el 50% de la inversión, con un máximo de 5.000 euros por centro de trabajo. El importe subvencionable no podrá superar los 20 euros por cada metro lineal instalado y certificado. Se podrán incluir el coste de la instalación, la elaboración de la nota de cálculo del diseño, las certificaciones técnicas y las pruebas de tracción o resistencia del sistema.
La empresa encargada de colocar la línea de vida deberá estar certificada como instaladora oficial por el fabricante o distribuidor. La entidad beneficiaria tendrá que comprometerse además a conservar y mantener adecuadamente el sistema mientras continúe la actividad en el centro.
Quince días hábiles para presentar la solicitud
El plazo para solicitar las subvenciones es de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el DOE. La tramitación deberá realizarse de forma electrónica a través del Punto de Acceso General de la Junta de Extremadura. Las empresas tendrán que presentar una solicitud por cada centro de trabajo en el que pretendan realizar las actuaciones, aunque podrán incluir en ella una o las dos modalidades.
Entre la documentación requerida figuran la acreditación de la propiedad o del arrendamiento del inmueble, la comunicación de apertura o licencia de actividad, el presupuesto de los trabajos y, cuando proceda, la autorización del propietario. Las solicitudes se ordenarán atendiendo principalmente a la altura de la edificación y la superficie de la cubierta. En caso de empate, tendrá prioridad la actuación con una inversión subvencionable más elevada y, si este persiste, la registrada antes.
La Junta abonará la subvención en un único pago una vez que la empresa haya ejecutado y justificado completamente los trabajos mediante las facturas, los comprobantes de pago y las fotografías de la actuación. Las ayudas serán incompatibles con otras subvenciones a fondo perdido destinadas a la misma finalidad y el IVA no tendrá la consideración de gasto subvencionable.
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