Ayudas para estudiantes

Becas para estudiantes 2023: plazos y cuantías

Se ha publicado el BOE en el que se especifican las características y requisitos para ser beneficiario de las Becas estudiantiles 2023/24

Estudiantes en una clase

Estudiantes en una clase / Santiago García Villegas

Este miércoles 22 de febrero se ha publicado el Boletín Oficial el Estado en el que se especifican las nuevas becas 2023/2024 para estudiantes, tras el anuncio de Pedro Sánchez de la mayor partida de becas. Se planea destinar 2.520 millones de euros a un millón de estudiantes, que según señaló el presidente el pasado martes, es "un 20% más de presupuesto en becas del año pasado. Y respecto al PP, son 1.000 millones de euros más; un 70% más de recursos".

Estas becas serán destinadas tanto a estudiantes universitarios, de Formación Profesional, Bachillerato y otras enseñanzas artísticas, deportivas y religiosas como estudiantes de primaria y secundaria que necesiten apoyo educativo, entre los que se incluyen alumnado con discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje o trastorno del espectro autista.

Plazos y cómo tramitarla

La convocatoria para solicitar estas becas todavía no está publicada pero se hará próximamente. El año 2022/2023 se abrió en marzo con el objetivo de que los estudiantes supieran si iban a ser beneficiarios de estas becas al inicio del curso.

Por otro lado, el proceso para solicitar la beca se realiza desde la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, donde será necesario registrase, si no lo ha hecho antes, y rellenar un formulario online.

Cuantías

Los umbrales de renta y patrimonio familiar son determinantes, así como el número de miembros de la familia, en la obtención de la beca, y si esta es concedida, en las cuantías.

El total de las becas para el estudio de carácter general está formado por una cuantía fija ligada a la renta del solicitante (1.700 euros); una cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso, aunque en ningún caso esta cuantía podrá ser mayor que coste real de la prestación (2.500 euros); una beca básica (300 euros); una cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico (de entre 50 y 125 euros); y finalmente por una cuantía variable, cuyo importe mínimo será de 60 euros.

Para calcular la renta, se sumarán las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtenga ingresos de cualquier naturaleza. Asimismo, se realizarán las siguientes deducciones, teniendo en cuenta en algunos casos reciben otras ayudas:

  • El 50% de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia distinto de los sustentadores principales.
  • 525 euros por cada una de las hermanas y hermanos que sea miembro computable y conviva en el domicilio familiar, incluida la persona solicitante, cuando se trate de familias numerosas de categoría general, y 800 euros si se trata de familias numerosas de categoría especial.
  • 1.811 euros por cada una de las hermanas y hermanos, o por cada una de las hijos e hijas de la persona solicitante o la propia persona solicitante que presente discapacidad, legalmente reconocida, de grado igual o superior al 33 por ciento, o 2.881 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65 por ciento.
  • 1.176 euros por cada una de las hermanas y hermanos de la persona solicitante menor de veinticinco años o por el propio solicitante que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
  • El 20% de la renta familiar en los casos de orfandad absoluta de la persona solicitante siempre que sea menor de veinticinco años.
  • 500 euros por pertenecer la persona solicitante a una familia monoparental.