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Decisión judicial

Duro revés a la Zona de Bajas Emisiones de Mérida: el TSJEx obliga a precintar las cámaras

El auto, fechado el 4 de mayo de 2026 y contra el que no cabe recurso, exige al ayuntamiento certificar que los equipos no pueden entrar en funcionamiento operativo

Cámara y radar de tráfico en un punto de la ciudad.

Cámara y radar de tráfico en un punto de la ciudad. / Alberto Manzano

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Alberto Manzano Cortés

Alberto Manzano Cortés

Mérida

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha acordado, en un auto fechado el 4 de mayo de 2026, que la Secretaría General del Ayuntamiento de Mérida certifique la existencia del precinto de los elementos necesarios para impedir que entren en funcionamiento las cámaras de la Zona de Bajas Emisiones, así como las instalaciones y sistemas informáticos que las regulan.

Según la documentación trasladada por Fondenex, el auto dispone que se acredite el precinto de los elementos operativos necesarios para que no puedan ponerse en funcionamiento operativo las cámaras y equipos objeto del contrato. La resolución se refiere al expediente número 39 CM 24 y, de acuerdo con la asociación, contra ella no cabe recurso.

La decisión judicial llega después de que se solicitara la ejecución provisional de la sentencia que afectaba al contrato de suministro de las cámaras. Fondenex sostiene que el ayuntamiento de la capital extremeña deberá ahora acreditar que esos equipos no pueden funcionar mientras sigue abierto el recorrido judicial del caso.

El precedente del contrato anulado

El conflicto no parte de cero. Fondenex recuerda que el TSJEx ya declaró no ajustado a Derecho el proceso de contratación para la adquisición de las cámaras e instalaciones previstas para la Zona de Bajas Emisiones de Mérida y condenó en costas al consistorio emeritense.

Uno de los dispositivos de vigilancia instalados en Mérida.

Uno de los dispositivos de vigilancia instalados en Mérida. / Alberto Manzano

Tras esa resolución, las entidades recurrentes pidieron el apagado y precinto de los equipos, una solicitud que, según Fondenex, fue estimada en recurso de reposición. La asociación interpreta que el nuevo auto refuerza la posición de quienes cuestionan la implantación de la ZBE diseñada por el consistorio.

El siguiente escenario dependerá de la vía de casación ante el Tribunal Supremo. Fondenex advierte de que, si esa opción no prospera, el ayuntamiento tendría cada vez más difícil mantener instalados los equipos y plantea una pregunta de fondo: quién asumirá los gastos derivados de una decisión municipal que los tribunales han cuestionado.

La reclamación previa de Fondenex

La asociación presentó el 28 de noviembre de 2025 una reclamación previa contra el proyecto de Zona de Bajas Emisiones y su ordenanza en Mérida. En ese escrito, según expone la entidad, se denunciaba que no se había garantizado una participación pública efectiva en el proceso de diseño y establecimiento de la ZBE.

Fondenex sostiene que el proyecto, la memoria justificativa y la ordenanza fueron elaborados sin permitir a la ciudadanía y a las personas interesadas intervenir cuando, a su juicio, aún estaban abiertas todas las opciones. Por ese motivo, la entidad considera que esos documentos estarían afectados por vicios de nulidad.

El fondo de la crítica se centra en la participación ciudadana y en el acceso previo a la información relevante. La asociación defiende que los vecinos debían haber podido formular alegaciones y observaciones antes de que se adoptara una decisión sobre el modelo de Zona de Bajas Emisiones.

Señalización de la Zona de Bajas Emisiones en la capital extremeña.

Señalización de la Zona de Bajas Emisiones en la capital extremeña. / Alberto Manzano

Privacidad, movilidad y calidad del aire

Fondenex también cuestiona el tipo de cámaras previsto para la ZBE. La entidad afirma que se trata de equipos de contorno 360º y biométricas y se pregunta qué relación tienen con la mejora ambiental o con la reducción de emisiones. La asociación vincula ese extremo con posibles riesgos para la intimidad de los ciudadanos, aunque este punto deberá ser contrastado con las características técnicas del contrato y la documentación municipal.

En su argumentación, Fondenex sostiene además que Mérida parte de una situación favorable en materia de calidad del aire y las emisiones, y cita certificaciones de la Junta de Extremadura y datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La entidad defiende que la capital autonómica, por la extensión de su término municipal y su masa arbolada, no justificaría una ZBE como la planteada por el Ayuntamiento.

El ayuntamiento, por su parte, ha venido defendiendo la implantación de una Zona de Bajas Emisiones como instrumento para regular el acceso, la circulación y el estacionamiento de los vehículos más contaminantes, dentro del marco normativo estatal y europeo sobre movilidad urbana sostenible.

Las entidades anuncian que seguirán recurriendo

Fondenex asegura que continuará trabajando junto a la plataforma Stop Zona Bajas Emisiones y Demomapex para frenar la ZBE diseñada en Mérida, que se encuentra recurrida judicialmente. Las entidades consideran que existen alternativas menos perjudiciales para los ciudadanos y reclaman que cualquier medida preserve la libertad y la intimidad de los emeritenses.

El auto del TSJEx añade así presión jurídica y política a uno de los proyectos municipales más controvertidos de los últimos meses en Mérida. La Zona de Bajas Emisiones, pensada para ordenar la movilidad y reducir el impacto ambiental del tráfico, queda de nuevo condicionada por los tribunales y por el debate sobre cómo compatibilizar sostenibilidad, seguridad jurídica y derechos ciudadanos.

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