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Tribunales

El juez reconoce una indemnización de 61.000 euros a un vecino de Mérida que cayó en las obras de plataforma única

El fallo, que el ayuntamiento recurrirá ante el TSJEx, condena al consistorio y a la constructora IMESAPI al considerar que el paso provisional suponía un riesgo para los peatones

La calle Suárez Somonte de Mérida.

La calle Suárez Somonte de Mérida. / AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

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Mérida

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Mérida ha reconocido una indemnización de 61.730,74 euros a un vecino que sufrió una caída cuando salía de su vivienda durante las obras de plataforma única ejecutadas en la ciudad. La sentencia, que no es firme, condena de forma solidaria al Ayuntamiento de Mérida y a la empresa Imesapi S.A., adjudicataria de los trabajos, si bien el consistorio ya ha acordado recurrirla ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

El caso se remonta al 4 de mayo de 2024. Según recoge la resolución judicial, el afectado salía de su domicilio junto a su mujer en una zona en obras cuando tuvo que atravesar un paso provisional formado por tablones de madera. La sentencia describe que esas tablas estaban apoyadas sobre el encintado de granito y rastreles de madera, sin barandillas ni sujeción, y que una de ellas basculó, provocando la caída del vecino.

Fractura de fémur y lesiones en el brazo

A consecuencia del accidente, el hombre tuvo que ser ingresado en el Hospital de Mérida y fue intervenido quirúrgicamente por una fractura de fémur izquierdo y otra lesión en el brazo. Posteriormente sufrió un segundo ingreso hospitalario y fue trasladado a una residencia para continuar con el tratamiento rehabilitador, dada la dificultad de recibir la asistencia necesaria en su domicilio.

La reclamación inicial ascendía a 98.330,85 euros, aunque en la fase de conclusiones la parte recurrente modificó la cuantía solicitada. Finalmente, el juzgado fija la indemnización en 61.730,74 euros, una cantidad que incluye la valoración de las lesiones, secuelas y facturas aportadas en el procedimiento. La resolución también impone intereses legales desde la reclamación administrativa y costas a las codemandadas, con el límite fijado en la propia sentencia.

Parte de la calle Suárez Somonte, tras su reforma.

Parte de la calle Suárez Somonte, tras su reforma. / Alberto Manzano

Un paso "sin sujeción alguna"

La magistrada rechaza los argumentos del Ayuntamiento y de la empresa, que negaban la responsabilidad y apuntaban a una posible falta de diligencia del peatón. En la sentencia, la jueza considera acreditada la mecánica de la caída a partir de la declaración de una vecina, que afirmó haber visto al afectado salir del portal, pasar por unas tablas sin estabilidad y caer a la zanja, sin que tropezara previamente.

La resolución es especialmente crítica con las condiciones del paso habilitado para los vecinos. La jueza señala que las fotografías incorporadas al expediente evidencian que las tablas estaban mal colocadas en una zona de tránsito de personas y que suponían un riesgo cierto, "más aún para una persona de cierta edad". Además, afirma que "llama poderosamente la atención" que unas obras llamadas a prolongarse en el tiempo tuvieran como acceso a las viviendas una pasarela de tablones "sin sujeción alguna".

Responsabilidad municipal

Uno de los puntos centrales de la sentencia es la responsabilidad municipal. El Ayuntamiento sostuvo durante el procedimiento que la obligación de acotar, señalizar y garantizar los itinerarios seguros correspondía a la empresa adjudicataria de la obra. Sin embargo, el juzgado rechaza la falta de legitimación pasiva alegada por el consistorio y recuerda que la administración conserva competencias sobre la seguridad de las vías públicas y el tránsito de peatones.

El fallo judicial queda ahora pendiente de lo que resuelva el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura si se formaliza y tramita el recurso anunciado por el Ayuntamiento. Mientras tanto, la sentencia de primera instancia reconoce el derecho del vecino a ser indemnizado por las lesiones sufridas durante las obras y atribuye la responsabilidad tanto al consistorio como a la adjudicataria.

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