Como otras muchas ciudades, Almendralejo está creciendo en los últimos años urbanísticamente a marchas aceleradas. Esto, unido a la picaresca, genera que en muchos casos no se cumpla con lo que establece la legislación. En sólo cuatro meses, la Oficina Técnica del ayuntamiento ha iniciado los trámites de 31 expedientes de infracción urbanística y otros 30 están ahora mismo en proceso de estudio, según datos de la concejalía.

Los supuestos de infracción más frecuentes son la realización de obras mayores sin licencia y las que se ejecutan en suelo no urbanizable o en terrenos incluidos en unidades de ejecución del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). La incoación del expediente de infracción implica el requerimiento de legalización y los sujetos responsables son tanto el promotor de las edificaciones como el constructor de las mismas.

Para frenar la proliferación de los sin papeles en el urbanismo de la capital de Tierra de Barros, la Oficina Técnica de Obras, con sede en la calle Ricardo Romero, cuenta con doce técnicos especializados entre los que se puede encontrar varios arquitectos, aparejadores, maestros de obras e ingenieros técnicos, superiores, industriales, de jardines y de medio ambiente.

La Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura es la encargada de establecer el marco de actuación del urbanismo en la región. En ese documento se establecen hasta 19 actividades urbanísticas en las que la solicitud de la licencia de obra es obligatoria. Según esa misma Ley, las situaciones ilegales que puede detectar la administración se dividen en dos tipos. Unas son las denominadas clandestinas, cuando se realiza la obra sin licencia o al margen de la misma. La otra son las situaciones ilegales en la que la construcción se ejecuta en disconformidad con la ordenación territorial o con la urbanística.

Tipo de sanción

Las infracciones por incumplir la Ley se dividen en las de régimen general y las del específico. En las primeras, las más comunes, se abre un abanico con tres posibilidades: leves, graves o muy graves. Las leves incluyen a las obras sin licencia y oscilan entre 600 y 6.000 euros de multa. Las graves son aquellas que suponen el incumplimiento de las normas de uso de suelo, movimientos de tierra sin licencia y vertido de escombros que deterioren el paisaje, las multas son de entre 6.000 y 150.250 euros. Las muy graves pueden llegar a ser de hasta 600.000 euros y afectan a suelos ordenados como sistemas generales.