El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dictado una sentencia en la que le da la razón al Ayuntamiento de Almendralejo sobre la ordenanza municipal que regula el rebusco y asegura que la misma está en vigor.

Hace unos años, la asociación agraria Apag Extremadura Asaja denunció al consistorio al no estar de acuerdo con la publicación de un bando de la Alcaldía autorizando el rebusco después de las campañas de recolección. A finales del 2010, una sentencia del TSJEx daba la razón a la asociación agraria y anulaba el bando del 2008 autorizando el rebusco de la aceituna y, por tanto, los de posteriores campañas.

Ante esta sentencia, el ayuntamiento modificó la ordenanza municipal de Guardería Rural en el artículo que hacía referencia al rebusco de uva, aceituna y almendras porque el anterior equipo de gobierno consideraba que se trata de una tradición que no se debe perder y es útil para muchas familias. Con esa modificación, el rebusco estaría autorizado en las fincas donde el propietario lo consienta y la Alcaldía debería publicar un bando informando del plazo en el que estaba permitido recoger los productos. Pero debe ser el propietario que no quiera que se rebusque en su finca quien comunique al ayuntamiento su decisión. En caso de no hacerlo, se entenderá que sí lo autoriza.

La asociación agraria recurrió a la justicia de nuevo porque no estaba de acuerdo con la modificación, ya que considera que el ayuntamiento no es quién para permitir una actividad en fincas privadas y con ese cambio se seguía permitiéndolo.

SIGUE EN VIGOR La semana pasada se hacía pública la sentencia sobre esa demanda y da la razón al consistorio. Según el concejal de Agricultura, Eduardo del Alamo, el fallo indica que ese artículo sobre el rebusco sigue estando en vigor. Por lo tanto, se puede practicar en las fincas donde lo autorice el dueño y Alcaldía debe publicar un bando informando de las fechas.