La Sección Primera de la Audiencia de Badajoz suspendió ayer un juicio abierto contra F. J. S. G., administrador único del club de alterne Halloween, de Badajoz, y contra J. E. P., encargado del local, acusados de sendos delitos contra los derechos de los trabajadores y la Seguridad Social.

El juicio comenzó pero el tribunal optó por atender la petición de la defensa de suspensión de la vista por el estado de salud de uno de los acusados, y lo trasladó al 29 de octubre.

La acusación la formuló la Fiscalía a raíz de la denuncia derivada de la Inspección de Trabajo tras constatar sus funcionarios, asistidos por agentes de la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional, el 11 de octubre de 2017, que en el citado club, de la empresa Salas Extremeñas SC «trabajaban 17 personas, 13 de ellas mujeres en labores de captación de clientes varones para la consumición de bebidas, como camareras de alterne y/o relaciones públicas», siendo «la mayoría extranjeras y que no estaban dadas de alta», según consta en el informe provisional de la Fiscalía.

El Ministerio Público señala que los acusados eran «conscientes de dichas actividades y condiciones laborales de las trabajadoras -con horarios determinados y una retribución fijada en la mitad del importe de las consumiciones de los clientes que consiguieran captar-, alojándose varias de ellas en el mismo club y contando otras con taquillas personales para cambiarse de ropa antes de cada jornada».

Así, considera la Fiscalía que los hechos relatados constituyen un delito contra los derechos de los trabajadores y contra la Seguridad Social, «por ocupar simultáneamente a una pluralidad de trabajadoras, sin registrar ni comunicar su alta en la Seguridad Social, siendo en este caso el número de empleados del 50% de un centro de trabajo que ocupe a más de 10 trabajadores y no a más de 100, así como entre ellos a una trabajadora en situación administrativa irregular».

Además, hace responsables a los dos acusados, al segundo en calidad de cooperador necesario. Y solicita para ellos las mismas penas. Solicita dos años de prisión, nueve meses de multa a razón de una cuota diaria de 12 euros y aplicación en caso de impago de la correspondiente responsabilidad subsidiaria; inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de actividad comercial y de administración de empresas. Y para la sociedad civil, el cierre del local durante 3 años, además del pago conjunto de las cantidades dejadas de ingresar por cotizaciones sociales de las trabajadoras.