El Tribunal Constitucional ha ordenado repetir el juicio celebrado en 1999 por las escuchas telefónicas ilegales que en su día practicó el ya desaparecido Centro Superior de Información de la Defensa (Cesid). Por problemas de forma, el alto tribunal revoca las penas impuestas al exdirector del Cesid, Eduardo Alonso Manglano, al excoronel Juan Alberto Perote y a otros cinco agentes por la intercepción de conversaciones del Rey, entre otras personalidades.

Por grabar de forma continuada conversaciones privadas, la Audiencia Provincial de Madrid impuso a Manglano y Perote condenas mínimas: seis meses de cárcel y ocho años de inhabilitación. A los agentes les impuso cuatro meses de prisión y seis años de inhabilitación.

La sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en el 2001, rechazó que la seguridad del Estado justificara tales escuchas. Los condenados recurrieron en amparo al Constitucional por considerar que el tribunal que los juzgó había perdido la imparcialidad. El alto tribunal les ha dado la razón, pues entiende que los magistrados de la Audiencia de Madrid quedaron contaminados al ordenar la reapertura del sumario, pedir al juez instructor la práctica de una serie de pruebas y después juzgar el caso.

RECURSO RECHAZADO Esa serie de decisiones motivaron que los procesados recusaran de entrada al tribunal. Sin embargo, la sala de Gobierno de la Audiencia de Madrid rechazó el recurso, también planteado al inicio del juicio por la fiscalía. Ahora, el Constitucional declara nula la decisión de la sala de Gobierno y retrotrae las actuaciones a antes de la vista oral.