La Audiencia de Badajoz ha confirmado una sentencia que rechaza la petición de un padre, médico de profesión, residente en Badajoz y con guardias de 24 horas en hospitales de Portugal, de tener la custodia compartida de su hijo, ante "los inconvenientes derivados de su actual situación profesional".

"No es porque sea médico", pues se compatibiliza perfectamente su trabajo con la atención y cuidado de sus hijos, "y no es, ni mucho menos, porque no sea un buen padre, claro que lo es. Nadie duda de eso", reza la sentencia emitida por la Audiencia.

De hecho, el informe social que acompaña al proceso refrenda "su habilidad e idoneidad para cumplir su función parental".

En concreto, el órgano judicial provincial ha desestimado el recurso de apelación que interpuso el facultativo contra una sentencia emitida por un Juzgado de Primera Instancia que rechazaba la petición del médico de tener la custodia compartida.

Esta solicitud pretendía modificar las medidas paterno-filiales acordada por un Juzgado, que aprobó el convenio regulador propuesto por ambas partes que atribuyó a la madre la guarda y custodia del menor, con un régimen de visitas a favor del padre, con una pensión a su cargo por alimentos cifrada en 500 euros mensuales.

La mujer, que vive con su hijo en Badajoz, tiene una jornada laboral de 8 a 15 horas, mientras que el hombre, que reside en otra vivienda de esta misma ciudad, presta sus servicios como facultativo en dos hospitales portugueses con guardias de 24 horas dos o tres veces a la semana.

"¿Cómo puede atender alguien las obligaciones parentales cuando se realizan tres guardias médicas de 24 horas a la semana?", cuestionó la Fiscalía, que rechazó la pretensión del médico. "La propia pregunta -añade la sentencia- nos da la respuesta: mal o, cuanto menos, difícilmente".

Con mayor motivo, según se refleja, cuando los centros de trabajo donde presta servicios el padre "están incluso a 261 kilómetros de distancia".