El juzgado de lo contencioso administrativo de Badajoz ha condenado al ayuntamiento a indemnizar con 24.437 euros a una mujer que sufrió daños al tropezar en un socavón existente en el paso de peatones situado en la avenida de Colón, junto a la farmacia Liso.

Según la sentencia, que aún no es firme, el juez estima parcialmente el recurso interpuesto por daños personales, en el que se solicitaba una indemnización de 50.000 euros por los días de hospitalización y de incapacidad, así como por las secuelas fisiológicas y estéticas sufridas por esta vecina de la avenida Antonio Masa Campos.

La caída se produjo el 12 de febrero del 2007 sobre las 19.30 horas cuando J. M. P. transitaba por el paso de peatones y cayó, lesionándose el hombro derecho.

La mujer presentó en el registro del ayuntamiento un escrito sobre responsabilidad patrimonial y seis meses después interpuso el recurso.

La asesoría jurídica del ayuntamiento alegó, entre otras cosas, que no concurrían los requisitos exigidos para apreciar la existencia de responsabilidad patrimonial, a pesar de existir daños corporales, al considerar que "el desperfecto en el paso de peatones era sólo de entre 5 y 7 centímetros de profundidad en algunas zonas", y que "no era un obstáculo insalvable y peligroso para un peatón que caminara con la atención y diligencia exigibles para deambular por la vía pública".

Además, alegó que la mujer conocía el estado del paso de peatones, puesto que su domicilio se encontraba próximo, "por lo que no era un obstáculo imprevisible para ella". Los servicios jurídicos entendían que se había producido "por culpa exclusiva de la víctima" y por "intervención negligente".

Sin embargo, el juez concluye en la sentencia que el estado de la vía en la parte del paso de peatones "era muy deficiente, hasta el punto de que el socavón abarcaba todo el paso de peatones, lo cual es constatado por la Policía Local. Basta con ver las fotografías para concluir que la mujer y cualquier otro peatón que por allí intentara cruzar no tenía más opción que poner los pies en la calzada".

Por ello condena al ayuntamiento a indemnizar con 24.437 euros por los daños personales y el pago de los intereses desde el 11 de noviembre del 2008. No obstante, la sentencia se puede recurrir.