En España hay 530 ciudades declaradas Zonas de Gran Afluencia Turística. La Ley estatal 1/2004 de Horarios Comerciales y la Ley regional 3/2002 de Comercio establecen que para ser declarada Zona de Gran Afluencia Turística tiene que concurrir solo una de esta scircunstancias:

-- Existencia de una concentración suficiente cuantitativa o cualitativamente de plazas de alojamientos, establecimientos turísticos o segunda residencia. Badajoz es la mayor plaza hotelera en más de 100 kilómetros a la redonda.

-- Que haya sido declarada Patrimonio de la Humanidad o se localice un Bien de Interés Cultural. Lo son, entre otros, la alcazaba y la catedral.

-- Que sea un área fronteriza. También lo cumple.

-- Que se celebren grandes eventos deportivos o culturales nacionales o internacionales. La Semana Santa y el Carnaval son de Interés Turístico Nacional. Más de 14 actividades deportivas internacionales al año. ContempoPránea y los Palomos también atraen visitantes nacionales.

-- Proximidad a un área portuaria. No lo cumple.

-- Que el principal atractivo sea el turismo de compras. Es la principal actividad en la ciudad, con más de 10.000 empleos.

-- Cuando concurran circunstancias especiales.

Según Fragoso, la Junta "hace trampa" en su informe porque señala que con 100.000 habitantes, Badajoz no suma 600.000 pernoctaciones. Pero el este requisito es válido en la declaración de oficio, que no se tiene que solicitar, es automática y no requiere cumplir los anteriores.