La Audiencia de Badajoz ha condenado a S. C. L. R. a un total de 10 años de prisión por la agresión y robo del taxista Luis Martín, de 67 años, el 28 de diciembre de 2015, en un descampado de la carretera de Sevilla, en la urbanización Pozo Navarro, a 10,5 kilómetros de Badajoz, a donde le pidió que le llevara en su taxi desde la calle Padre Tacoronte. Así consta en los hechos probados de la sentencia, de 28 folios, que no es firme pues puede ser recurrida ante la el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, como ya ha anunciado que hará el abogado de la defensa, Genero García, quien considera que el fallo judicial contiene «errores en la valoración de las pruebas». No así el letrado Luis Vilela, que lleva la acusación particular.

El tribunal detalla los pormenores de la agresión desde que el acusado tomó el taxi hasta que agredió al conductor con una barra de hierro en la cabeza, dejándolo tirado en el suelo y llevándose el vehículo, así como las consecuencias médicas y secuelas sufridas por la víctima.

El fallo judicial valora la veracidad del testimonio del taxista como «credibilidad subjetiva y objetiva» y «persistencia en la incriminación», pues «no se evidenció contradicción o ambivalencia alguna» en sus declaraciones, que no se vieron «empañadas en absoluto por la versión que de los hechos ofreció al procesado, sin que por el mismo se haya aportado prueba de descargo». Señala que la versión de éste es «contradictoria», que «insiste en su pérdida de memoria salvo en lo relativo a su falta de participación en los hechos» y que «pretende, tras cambiar de versión, manifestar que -ese día-- viajaba en tren a Madrid», aportando un billete con sus datos personales». Dice que «!ninguno de los anteriores elementos permite descartar su presencia en la escena del crimen», y que «su resultado avala la tesis contraria, siendo posible que adquiriera el billete y no llegara a hacer el trayecto».

También valora el tribunal la identificación por varios testigos a través de cámaras de seguridad del Centro de Salud El Progreso y de una botica, junto con testimonios de empleados de una farmacia y de un bar donde pidió dinero, y de la directora de la sucursal donde tenía la cuenta.

Así, el tribunal encuentra a S. C. L. R. «autor de un delito de homicidio intentado, con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de toxicomanía con base psicopatológica» y lo condena a 6 años de prisión, así como también autor de «un delito de robo con violencia con la agravante de reincidencia» y la misma atenuante que en el anterior, con pena de 4 años de prisión, así como a indemnizar a la víctima con 15.198,36 euros.