La Audiencia de Badajoz condenó ayer a M. G. S. a un año y cuatro meses de prisión por un delito contra la salud pública, con multa de 2.314 euros, y a 1 año y seis meses por otro de blanqueo de capitales; y a un familiar de éste, V. M. M., a seis meses por «blanqueo culposo», al tiempo que absolvió a la mujer M. S. M. V., esposa del primero, acusada de los mismos delitos, y a M. G. M., hijo, del matrimonio, del delito de blanqueo, además de imponer la Sala una responsabilidad civil de 385.000 euros, según explicó tras el juicio el letrado que representó a los dos jóvenes Alfredo Pereira. La del matrimonio la llevó José Duarte, mientras que el Ministerio Público lo ejerció el fiscal Antonio Luengo.

Las penas finalmente impuestas fueron producto de una acuerdo entre las partes, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias que concurrían en esta causa, cuyo juicio se suspendió en cuatro ocasiones anteriores. Una de esas circunstancias fue la de dilación indebida.

Los hechos juzgados ocurrieron entre 2010 y 2013, según Pereira, si bien el delito de blanqueo de capitales, según el fiscal, no se refiere al dinero relacionado con la investigación iniciada en ese periodo la y droga hallada en el registro que se llevó a cabo en 2013, en el que se hallaron 50 gramos de cocaína, sino al dinero procedente de hechos presuntamente ilícitos desde 2004, con vehículos, bienes inmuebles y otras propiedades puestas a nombre de terceros, entre otros de menores --cuando ocurrieron los hechos--, que no tendrían responsabilidad.

El juicio por los delitos contra la salud pública es el que tiene su origen en una investigación policial desarrollada entre 2010 y 2013, que culminó con el registro por orden judicial de una vivienda de la calle El Brocense, en Badajoz, donde la policía encontró los 50 gramos de cocaína ya mencionados.

La conformidad entre las partes fue ratificada finalmente en Sala, en la celebración de la vista oral de la causa, donde el fiscal y los dos letrados de la defensa expusieron las modificaciones de sus conclusiones provisionales, conforme al acuerdo alcanzado, y que confirmaron posteriormente cada uno de los acusados, por lo que el presidente dictó la sentencia, firme, en la Sala.