La Sección Primera de la Audiencia de Badajoz ha condenado en firme y en el momento del juicio a M. A. A. L. a la pena de seis meses de prisión y al pago de una multa de algo más de 24.000 euros, tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad negociado antes de iniciarse la vista oral contra el citado acusado de un delito de blanqueo de capitales con imprudencia grave, según fuentes jurídicas, en la modalidad de no haber justificado debidamente la procedencia de una serie de joyas.

El juicio, que finalmente no tuvo que continuar su celebración con la intervención de testigos y peritos, debido a la conformidad alcanzada por el Ministerio Público y la defensa, concluyó con la reducción de pena mencionada, al asumir el acusado los hechos, al menos en parte, pasando el fiscal de solicitar tres años y seis meses de prisión a pedir la mínima, seis meses, y a que la defensa se adhiriera a sus conclusiones definitivas.

Los hechos juzgados tuvieron lugar entre los años 2010 y 2011, según dichas fuentes, en un establecimiento comercial de la ciudad de Badajoz.