La Asociación de Derechos Humanos de Extremadura (Adhex) ha manifestado que el Defensor del Pueblo ha resuelto que un militar, a quien se negó la residencia con su pareja de hecho en Badajoz en julio de 2002 y que fue expedientado, "tiene derecho a utilizar las residencias militares", por lo que le da la razón.

En una nota hecha pública, la Adhex recuerda que un subteniente del Ejército de Tierra solicitó alojamiento en la residencia Gravelinas de Badajoz, que le fue denegado porque en la solicitud figuraba la palabra "esposa" para referirse a su compañera sentimental, por lo que fue, además expedientado.

El Defensor del Pueblo entiende, según Adhex, que puso en su conocimiento este caso, que se incluyen como familiares en primer grado "el cónyuge e hijos no emancipados, obteniendo la consideración de cónyuges, tanto los procedentes de la unión matrimonial como parejas de hecho".

"De esta forma el Defensor del Pueblo manifiesta que no comparte en modo alguno la incoación de un expediente a este subteniente por hacer figurar en su solicitud el término esposa, ya que considera que tal hecho se hubiera podido subsanar por la vía de aclaraciones, dadas las circunstancias de la realidad y sus usos sociales", señala el colectivo.

Para la Adhex, esta postura "supone un paso más hacia la introducción en el Ejército y sus estructuras de nuevas formas sociales que se tienen que integrar en la cotidianeidad del Ejército".