El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso presentado por cuatro familiares de fallecidos durante la riada de Badajoz, contra las resoluciones de la Consejería de Presidencia y Trabajo que denegaron la responsabilidad patrimonial de la Junta de Extremadura.

El gobierno regional informó ayer de que el recurso fue presentado por Ricardo Pache Arroba, José Méndez Herrera, Juan Cintas Cumplido y María González Cuervo, pero la sala ha ratificado, en una sentencia fechada el pasado 10 de abril, que "la Junta actuó como debía hacerlo, dentro de su ámbito competencial".

Tras las inundaciones ocurridas en Badajoz por el desbordamiento de los arroyos Calamón y Rivillas, los familiares de los fallecidos alegaban responsabilidad de la Administración, al no haber adoptado las medidas precisas que impidieran el desbordamiento. Sin embargo, la sentencia resalta que en la mañana del día 5 de noviembre de 1997 el gobierno regional remitió un parte de predicción de fenómenos meteorológicos adversos para Extremadura, válido hasta las 24 horas del jueves día 6.

AVISO

Este comunicado fue remitido a todos los ayuntamientos de la provincia por la Consejería de Presidencia, que además recomendó la vigilancia de los cauces de los arroyos, mantener a las agrupaciones municipales de Protección Civil en situación de alerta, circular por las carreteras con la máxima precaución y evitar en lo posible el uso de vehículos.

La sentencia contempla que "no queda probado que existiera una predicción meteorológica que indicase la gravedad de lo que finalmente ocurrió". En consecuencia, el TSJEx concluye que existió "un fenómeno atmosférico imprevisible e inevitable", que califica de fuerza mayor, y que "la riada de Badajoz fue en realidad una avenida relámpago o devastadora, que en menos de dos horas causó la muerte de 23 personas y considerables daños".