La Fiscalía Anticorrupción señala en su recurso por el archivo de la causa del canal de Badajoz, por el Juzgado de Instrucción número 2 --el pasado 13 de julio--, que se cerró el caso sin las declaración de dos testigos propuestos por ella y aceptados por el juez. Esta es una de las razones por las que la fiscalía considera "incongruente" el archivo por la "inacabada instrucción".

Otra razón es que en el auto se incluye entre "los testigos que han depuesto" a uno de los que no fueron citados, y consta "como declaración practicada". Y su "nombre se repite hasta tres veces, cuando hemos señalado que todavía no ha testificado". La fiscalía ya anunció la petición en un documento adjunto la imputación de otra persona, no aforada, e indicó la "ausencia de una instrucción completa".

El recurso, al que ha tenido acceso este diario, señala la propia consideración del juez al posponer la práctica de unas diligencias propuestas por la acusación particular, en las que decía en una providencia del 18 de junio del 2009, que "en la fase incipiente en la que nos encontramos, no sería acorde a los principios de presunción de inocencia y de economía procesal efectuar el ofrecimiento, sin antes agotar las vías instructoras".

La fiscalía manifiesta que no conoce "la existencia de acto o hecho procesal que explique las razones que determinan al instructor a no llevar a efecto lo acordado". E incide en que "las diligencias practicadas han puesto de manifiesto, confirmándose, los indicios de algunos hechos recogidos en la querella que han de ser investigados por su relevancia".

DELITOS Asimismo, se refiere a "la constante inactividad de los responsables municipales ante infracciones urbanísticas evidentes que pudieran constituir diversos delitos de prevaricación".

Señala también la fiscalía que es "necesario profundizar en manifestaciones que contradicen o son incompatibles con lo que resulta de los documentos e informes obrantes en la causa". Por ello considera, "precipitado el archivo" y remite "junto a este recurso un informe en el que solicitamos la práctica de las diligencias que, siendo pertinentes, estimamos necesarias".

Anticorrupción dice que el auto de archivo omite "cualquier referencia o análisis de elementos probatorios significativos como el informe pericial aportado por el fiscal".

Por otro lado, el empresario Francisco Chaves, tras solicitar su admisión en el proceso como parte perjudicada y serle denegado por el juez, ha recurrido ante el propio magistrado y presentó ayer un escrito solicitando su inhibición en la causa por "amistad manifiesta con uno de los empresarios imputados", explicó el letrado José Duarte.

INHIBICION Duarte corroboró que en caso de rechazo por parte del juez, en el escrito se dice que "tenga por formulado incidente de recusación". Por el parentesco señalado entre ambos: "tío segundo del magistrado. Su madre es prima hermana del mismo, por lo que debería inhibirse", señaló.

El juez denegó la personación por considerar que no estaba probado que el solicitante fuese perjudicado. Chaves, que declaró en esta causa como testigo, estimó que el perjuicio le vino por el trato discriminatorio recibido en comparación con el dado por las administraciones a Golf Guadiana. El presentó en el 1990 un proyecto para hacer un campo de golf de 18 hoyos, con un hotel de 50 habitaciones, 150 apartahoteles y 500 chalés en una parcela de 130 hectáreas junto a Caya, que le fue denegado. El solicitante agotó todas las vías hasta llegar al Tribunal de Estrasburgo, que en diciembre pasado dictó que había carecido de un proceso con las debidas garantías y que debía ser indemnizado con 8.000 euros.