El Juzgado de lo Social número 3 de Badajoz ha reconocido a una trabajadora de una tienda de Springfield en el Centro Comercial el Faro de Badajoz su derecho a adaptar y concretar la reducción de jornada por cuidado de hijos y que se la indemnice económicamente por los daños morales que la empresa le ha causado por intentar impedir el ejercicio de este derecho.

Esta sentencia del Juzgado de lo Social Número 3 de Badajoz parte de una demanda de los Servicios Jurídicos de CCOO de Extremadura contra la empresa gestiona diversas marcas de ropa, que se negaba a concederle a la trabajadora su derecho a concretar y adaptar su horario con base en sus circunstancias familiares, para poder conciliar su vida laboral y personal, señala CCOO en nota de prensa.

Además, la sentencia condena a la empresa al abono de la cantidad de 1.251 euros, en concepto de "daños morales y perjuicios por la violación de sus derechos", dado que "la decisión de la empresa no ha sido respetuosa con sus derechos constitucionales", explica el sindicato.

Añade que en la sentencia "se deja claro que concurren en la trabajadora demandante los requisitos para reclamar el derecho correspondiente de adaptación de su horario", con el objetivo de "poder hacer efectivos su derecho legal a la conciliación de la vida familiar y laboral, sin que fueran estos extremos controvertidos".

Declara además que no se consideran acreditados los "graves perjuicios organizativos" que la empresa alegaba, porque lo único que ha quedado probado es que va a ser necesario un mero reajuste horario.

Así, como la empresa no ha acreditado la razonabilidad y proporcionalidad de su negativa, la Justicia subraya que debe primar la protección a la infancia y la conciliación del trabajo y de la familia, que son derechos laborales con dimensión constitucional que imponen una interpretación y una valoración favorable a su ejercicio frente a un mero ajuste de la empresa de reorganización.