La Agencia Extremeña de la Vivienda, de la Junta, hizo público ayer que ha resuelto imponer a la promotora Golf Guadiana una multa de 446.800 euros, por haber construido 70 apartamentos de uso residencial, no hotelero, a pesar de que la licencia de construcción que se le otorgó fue para un apartahotel. Desde la empresa anunciaron ayer que van a recurrir esta decisión.

Fue el Ayuntamiento de Badajoz el que abrió el expediente sancionador, aunque finalmente ha sido la Agencia de la Vivienda la que ha resuelto, porque la sanción superaba una cantidad que determina la competencia de la Administración regional, según explicó la edil Cristina Herrera. Según el Gobierno regional, la edificación de estos apartamentos, junto al campo de golf, "se ajusta al proyecto y se ampara en la licencia de construcción, pero no se ha implantado el uso inherente de la misma, por lo que se trata de una actuación clandestina respecto al uso".

La decisión de la Junta suma un nuevo capítulo en las presuntas irregularidades urbanísticas, que en estos momentos está investigando la Fiscalía Anticorrupción, a raíz de las denuncias formuladas desde los grupos municipales de IU y el PSOE.

LOS MOTIVOS A través de una nota, la Agencia de la Vivienda informó de que la multa viene establecida por las sanciones que impone la Ley de Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, que establece que "la alteración del uso del edificio a que están destinados por los planes u ordenanzas, será sancionada con el 25% al 50% del valor de lo alterado". También añade que el expediente se inició porque la licencia de construcción se otorgó para un apartahotel, aunque luego se comprobó que su uso no había sido hotelero, sino residencial, al haberse construido 70 apartamentos sin vinculación alguna al hotel existente.

Hay que recordar que todas las actuaciones del campo de golf vienen establecidas en el Plan Especial Golf Guadiana, que se acogió a la Ley de Oferta Turística Complementaria, que fomentó la construcción de campos de golf vinculados a alojamientos turísticos. Según el plan de etapas, la cuarta fase no se podía acometer si no existía un apartahotel.

SATISFECHOS Tras conocer la decisión de la Junta, Cristina Herrera dijo que "nos alegramos de que se cumpla la ley" y quiso dejar claro que la sanción se debe al expediente sancionador iniciado por los servicios de Inspección Urbanística del ayuntamiento, una vez conocido que el uso de los apartamentos no era el correspondiente. La concejala tuvo que reconocer, no obstante, que la inspección se realizó a raíz de las denuncias del concejal de IU, Manuel Sosa.

Por su parte, el propio portavoz de IU también quiso hacer pública su "satisfacción contenida, no total" por la decisión de la Agencia de la Vivienda, que "acaba dando la razón a este grupo, después de más de tres años denunciando en solitario que no había apartahotel y que era una construcción clandestina".

A raíz de esta multa, desde IU se pedirá a la Agencia de la Vivienda que revise y obligue a Golf Guadiana al cumplimiento íntegro del plan especial, "aún vigente", según Sosa. Además, el portavoz de IU añade que esta resolución es "de vital importancia" a la hora de decidir otras cuestiones que ahora se encuentran en la Fiscalía Anticorrupción, a la que darán traslado de esta decisión, porqué no se sancionó en su momento y si hubo prevaricación por parte del ayuntamiento.

POSIBLE PRESCRIPCION Manuel Sosa planteó la posibilidad de que la sanción pueda ser recurrida por la empresa, argumentando que la irregularidad ha prescrito y, en este caso habría que determinar porqué el ayuntamiento no actuó antes de que prescribiera.

Respecto a la cuantía de la multa, Sosa lamentó que la Agencia de la Vivienda haya tomado una postura "bastante generosa", porque si la sanción podía oscilar entre el 25 y el 50% del coste de la construcción, según la ley, la cantidad de la multa determina que ha optado por el porcentaje más bajo.