A petición de los hosteleros y porque no se ha encontrado una base jurídica que sostenga la medida, el intento del Ayuntamiento de Badajoz de poner coto a los ruidos procedentes del llamado cigarrón se ha venido abajo y no se regulará en la reforma de la Ordenanza de Policía Urbana (la antigua data de 1998) que ha propuesto el equipo de gobierno y que se aprobará definitivamente en el pleno del próximo lunes. Ayer pasaron por la Comisión de Economía, Hacienda y Patrimonio las alegaciones presentadas a esta nueva regulación. Han sido cinco: del grupo municipal socialista, del de IU, de dos particulares y de la Asociación de Empresarios de Servicios Turísticos. Según explicó el concejal del área, Alberto Astorga, se han admitido "algunos" cambios y de algunas se ha aprovechado "su filosofía".

En concreto, el borrador pretendía regular en el artículo 15 los ruidos procedentes de los bares, de manera que recogía que la permanencia de clientes en el exterior que generasen ruidos, molestias o dificultasen el tráfico o el tránsito peatonal constituiría una infracción. Se entendía como cliente la persona que ya hubiese sido atendida en el interior y volviese a salir de forma voluntaria y temporal (como suelen hacer los fumadores, de ahí que esta costumbre ya se conoce como cigarrón ). El responsable de esta infracción sería el titular del establecimiento.

Astorga explicó que según alertaban las alegaciones y los informes técnicos han corroborado, existen dificultades para que en la actuación policial se pudiese identificar a las personas que generan las molestias, pues no necesariamente son clientes del bar sino transeúntes. "Se vio la posibilidad, a través de esta ordenanza, de evitar las molestias que sufrían los vecinos por la concurrencia de gente en la puerta de los bares, a altas horas de la mañana, fumando y de conversación", explicó Astorga, pero reconoció que se ha tenido que suprimir "por las dificultades jurídicas".

Este artículo se ha sustituido por la prohibición de hacer invitaciones explícitas a celebrar botellones a las puertas de establecimientos de hostelería, como ha ocurrido en alguna discoteca de verano. El responsable sería el hostelero o la entidad que publicitase la fiesta y será considerada una falta grave, con sanciones de 700 a 1.500 euros.

Otro de los cambios admitidos afecta al artículo 14, referido a las fiestas en domicilios particulares que generen molestias y que la nueva ordenanza prohibía desde las once de la noche hasta las 8.00 de la mañana. Esta prohibición va a ser más "relajada" en verano, desde la medianoche hasta las ocho de la mañana, por lo tanto una hora más.

Respecto a las acampadas de grupos en el termino municipal, el concejal señaló que la polémica que provocó fue "por una mala comprensión". Para evitar "suspicacias", se establece que necesitarán una autorización previa del ayuntamiento.