El artículo 6 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana, establece que ´la limpieza y vallado total de los solares sin edificar será obligación de la propiedad, que deberá tomar las medidas oportunas para evitar el depósito en ellos de residuos sólidos. Cuando estas obligaciones no se cumplan, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 5´, que dice: ´En los casos en que la propiedad no cumpla, la limpieza la hará el servicio municipal y la propiedad deberá pagar el servicio prestado, independientemente de la sanción´.

El portavoz del grupo municipal socialista, Moisés Cayetano, ha venido insistiendo los últimos meses en la necesidad de poner en marcha en el Ayuntamiento de Badajoz un registro de solares, que no existe en el municipio, aunque la cantidad que se baraja es que hay alrededor de 2.000 solares sin edificar en la ciudad. Este registro viene recogido en la Ley de Suelo de Extremadura, que también recoge expresamente la obligación del dueño de los solares de mantenerlos limpios, según recordaba ayer el concejal del PSOE.