Siete años y medio por un delito de tentativa de homicidio y seis meses más por tenencia ilícita de armas. Es la condena que ha impuesto la Audiencia Provincial de Badajoz a Alexander S. F. tras considerar acreditado que fue el autor de los disparos de escopeta que hirieron de gravedad a un joven en septiembre del 2018 en la calle Rigoberta Menchú, en el Cerro de Reyes. La fiscalía solicitaba 10 años de prisión, la acusación particular, ejercida por Enrique González Vallejo, 10 años y 11 meses, y la defensa, a cargo de Fernando Cumbres, la absolución o de manera subsidiaria una condena de 2 años por un delito de lesiones con objeto peligroso.

El tribunal estima probado que el acusado poseía este arma de fuego -que no fue hallada por la policía- y que la utilizó para disparar a poca distancia contra un grupo de jóvenes, entre los que se encontraba la víctima, con «intención de matar» o al menos aceptando la posibilidad de que el resultado fuera la muerte de una persona. Lo cree así a la vista de la zona del cuerpo a la que se dirigió «el ataque» (impactaron en el abdomen y el tórax del varón herido grave y en las piernas y brazos de tres de sus amigos), así como por la forma y características de la escopeta usada, de caza y del calibre 12.

En su fallo, el presidente de la sala define el testimonio de la víctima durante el juicio como «creíble, verosímil y contundente», con respuestas «seguras, sólidas y sin fisuras» e identificando a Alexander S. P. como el autor de los disparos «sin género de duda alguna». «Esta declaración por sí sola es suficiente para destruir la presunción de inocencia», recoge la sentencia.

Asimismo, expone que en la víctima no se aprecia ningún móvil «de venganza o resentimiento» para señalar al condenado, pues ambos no se conocían con anterioridad a los hechos. La familia de Alexander y otra familia vecina habían mantenido ese día un enfrentamiento que acabó con agresiones y daños mutuos a sus vehículos, pero la víctima fue a casa de la segunda cinco horas después, cuando la situación parecía estar calmada, «casi por casualidad».

Frente a la declaración «uniforme y persistente» del joven que resultó herido de gravedad, la sala expone que los amigos que estaban con él, que ante la policía y el Juzgado de Instrucción número 3 señalaron al condenado como autor de los disparos, en el juicio aseguraron no recordar nada.

Lo mismo ocurrió con el testigo que en fase de instrucción dijo haber visto a Alexander con el arma y disparar la escopeta, lo que llevó a la policía a detenerlo como presunto autor, que en su declaración en la audiencia se desdijo y aseguró que no recordaba nada, pese a que sí ofreció algunos detalles muy concretos sobre aquella noche, como la serie de televisión que estaba viendo. A petición de la fiscalía y la acusación particular se ha deducido testimonio contra él y se ha dado traslado al Juzgado Decano de Badajoz por la presunta comisión de un delito de falso testimonio en causa criminal.

Al acusado también se le impone una pena de 12 meses de multa por quebrantamiento de condena (tenía prohibido tener y portar armas), así como el pago de 72.635 años por las lesiones y daños morales a la víctima.

La defensa ya ha anunciado que recurrirá la sentencia.